Esta nuestra comunidad de vecinos, polemicas y sus soluciones

Comunidad-de-vecinos
Polemicas mas habituales en nuestra comunidad de vecinos

Cuando la decisión de un colectivo da como resultado un desembolso extra de dinero, no todo es armonía en el ambiente.
De entre todas las cuestiones que habitualmente vemos en nuestra comunidad de vecinos, podemos destacar unas cuantas que seguro reconoceréis:

1. LA INSTALACION DE UN ASCENSOR:
Representa uno delos gastos más importantes y por este motivo suele causar desacuerdos.
La tormenta es fácil de calmar si quienes solicitan la instalación son propietarios mayores de 60 años o con discapacidad, y siempre que el coste de la obra no supere 12 mensualidades de las cuotas de los propietarios.

En el caso en que el presupuesto supere las 12 mensualidades, será necesario contar con la aprobación de de la mayoría de los vecinos. Y si el voto es negativo, los propietarios interesados podrán instalarlo asumiendo ellos el coste.

2. LA COLABORACIÓN DURANTE LAS REFORMAS DE ELEMENTOS COMUNES.
Remodelación de fachadas, saneamiento de pozos, bajantes,… en muchas ocasiones se ha de acceder a las viviendas particulares. En este caso, los propietarios están obligados a facilitar el acceso a los operarios siempre que se demuestre, evidentemente que se va a realizar de este tipo de actuación y que esta está aprobada por la junta de vecinos. Si el propietario se niega a ceder el paso, la comunidad podrá aprobar por mayoría simple emprender acciones judiciales.

3. VECINOS RUIDOSOS:
Los vecinos pueden pedir al presidente que se le comunique por escrito a al vecino implicado. En caso de que la situación no mejore, la comunidad puede aprobar por mayoría simple emprender acciones judiciales.

4. EXONERACIÓN DE GASTOS LOCALES.
El dueño de cualquier local comercial tiene los mismos derechos y deberes que el resto de propietarios, por lo que no hay razón para que quede exento de pagar la cuota comunitaria.

5. OBRAS DE MEJORA VS. OBRAS NECESARIAS.
Hay que distinguir lo que es necesario de lo que no. Por ejemplo, no es lo mismo hacer una reforma de la bajante de agua comunitaria, que la compra de elementos decorativos para el portal. La primera al ser necesaria, los vecinos están obligados al pago, la segunda en cambio, si su coste suma la totalidad de tres mensualidades ordinarias de gastos comunes, quienes no estén conformes pueden abstenerse al pago.

6. MODIFICACION O CIERRE DE TERRAZA.
La ley de propiedad horizontal permite cerrar las terrazas cuando esto mejora la eficiencia energética de un mínimo de 30%. Aun así, para llevar a cabo esta decisión, es necesario contar con el apoyo de las 3/5 partes de los vecinos. Si únicamente es un vecino el que quiere hacer esta obra, deberá contar con la aprobación de la junta directiva de la comunidad.

7. DESARROLLO DE UNA ACTIVIDAD MERCANTIL DENTRO DE UNA VIVIENDA PRIVADA.
Según la ley, es perfectamente lícito el uso de una vivienda como sede empresarial o de una actividad profesional, con los mismos derechos y obligaciones que cualquier otro vecino. En el caso en el que la comunidad no esté de acuerdo, deberá modificar expresamente sus estatutos para impedir determinadas actividades mercantiles además de tener el acuerdo unánime de la junta ara que así conste.

Estos son algunos de los conflictos más habituales, y sus soluciones, aun así...la clave siempre es apelar al sentido común, a la convivencia, respecto y buena voluntad de cada uno.

Deja un comentario