Sistema de votación en la comunidad de vecinos. ¿Cómo funciona?

Reformas en las zonas comunes, vecinos morosos, el ascensor, vecinos ruidosos…estos y muchos otros temas relativos a la comunidad de vecinos  se han de resolver a través de las juntas y llegando a  un acuerdo entre la mayoría de vecinos.

Ahora, atención, no todas las decisiones a tomar son de la misma importancia, y por lo tanto, no es necesario el mismo tipo de mayoría.

En la ley que regula todo esto, la Ley de propiedad horizontal, se contemplan  varios tipos de mayoría:

  • Por unanimidad:
  • Para decisiones que son muy trascendentes para la comunidad de vecinos  directamente. Como ocurre con estos 3 supuestos:
  • Cuando se van a realizar cambios estructurales importantes que afecten al edificio o zonas comunes. Obras que supongan una derrama importante para la comunidad y por ende a cada vecino.
  • Cuando se va a proceder a modificar los estatutos que regulan cada comunidad.
  • Cuando el asunto es la variación de la cuota con la que contribuye a la comunidad cada propietario.
  • Mayoría de 3/5:
  • Cuando se trata de algo relativo a los servicios que se ofrecen a los propietarios. Por ejemplo cuando hay que renovar los sistemas eléctricos o acometidas de agua, la instalación de un ascensor, colocación de una antena comunitaria, la contratación o no de un conserje, así como la posibilidad de arrendar el espacio que se destinaba a este.
  • Mayoría simple (1/2 + 1): Cuando se trata de instalación de nuevas infraestructuras de telecomunicaciones (como por ejemplo una antena de tv de pago) o relativas al consumo energético (como las placas solares) . En estos casos el coste, evidentemente corre a cargo de los interesados.

 Es interesante saber esto…y sobretodo ser consciente de la importancia que supone tu implicacion en la comunidad de vecinos y la importancia de tu voto para lograr los cambios y mejoras. ¡Si quieres algo, participa!