Cuando pensamos en accesibilidad dentro de una comunidad de vecinos, probablemente lo primero que nos viene a la cabeza sea la instalación de un ascensor, un elemento indispensable para lograr que un edificio sea accesible, pero no el único para conseguir una accesibilidad universal. En España, solo el 0,6% de las 9.8 millones de viviendas son universalmente accesibles; el 63% de los inmuebles no son accesibles de la calle al portal; solo un 28% tienen rampa y un 22% carece de ascensor.
Si nuestra comunidad ya cuenta con un ascensor, ¿por qué no es 100% accesible?
A la hora de considerar accesible un edificio este debe estar exento de barreras en su entorno, posibilitando que las personas mayores con movilidad reducida o personas con diversidad funcional, auditiva o visual, puedan continuar viviendo en sus hogares manteniendo el máximo grado posible de autonomía personal. Para ello, la finca ha de cumplir determinados requisitos, los cuales plantearemos a lo largo del artículo.
Los diseños inadecuados como pasillos estrechos; peldaños en la entrada; o interruptores de la luz instalados en lugares de difícil acceso, constituyen una barrera destacada a la hora de realizar las actividades del día a día para algunos colectivos.
Criterios para que un edifico sea accesible
- Acceso a la finca
Para que una finca sea accesible, lo primero es poder entrar y salir de ella. Por ello, no debe existir ningún desnivel entre la acera de la calle y el interior del portal. En el caso de haberlo, se salvará con una rampa. Las puertas de acceso al edificio y a las viviendas deberán tener un mínimo de 80 centímetros de ancho para que pueda pasar una persona en silla de ruedas sin dificultades.
- Buzones
Se ubicarán cerca de la puerta de entrada al inmueble, en un lugar de fácil acceso y con buena iluminación. Se recomienda colocarlos a una distancia mínima de 60 cm entre el suelo y la primera línea de casilleros, con una altura máxima del bloque de buzones de 170 cm.
- Pasillos
La anchura mínima de los pasillos en edificios de viviendas deberá ser de 105 cm y contar con espacio libre suficiente para maniobrar. Estos no tendrán que tener obstáculos en su recorrido que entorpezcan el paso, como mobiliario o elementos decorativos de gran tamaño.
- Pavimento
Suelo con material antideslizante, evitando así caídas tanto cuando el pavimento esté seco como cuando se encuentre mojado.
- Ascensor a nivel del suelo y ¡mejor accesible!
Como hemos dicho al principio del artículo, contar con un ascensor en la comunidad de vecinos no siempre va ligado a la accesibilidad universal. Para que esto suceda, el ascensor ha de cumplir con una serie de requisitos recogidos en la normativa actual EN 81-70:2018:
- Ascensor a cota cero o a ras de suelo. Si no fuese posible, en su defecto, salvaguardar los escalones que existan para poder acceder al ascensor desde el rellano de entrada de la finca con la instalación de una rampa, una plataforma salvaescaleras o una silla salvaescaleras.
- Puertas automáticas. El tiempo en el que la puerta permanezca abierta debe ser al menos de 6 segundos, ajustable hasta 20 segundos.
- Suelo de cabina antideslizante.
- Pasamanos a una altura de 90 cm situado en el lateral donde esté la botonera.
- Botonera de la cabina a 90-120 cm del suelo; separada de las esquinas al menos 40 cm y con botones en braille retroiluminados. El tamaño de los botones será superior a 2 cm.
- Indicador sonoro de parada e información verbal de la planta.
- El espejo deberá de colocarse como mínimo a una altura de entre 30 y 90 cm del suelo, nunca a ras, ya que puede confundir.
- Anchura mínima de la cabina: para edificios existentes donde haya restricciones de espacio será de 1000 mm por 1300 mm y capacidad para 450 kg. Esta cabina solo tiene hueco para un usuario de silla de ruedas.
- Iluminación e interruptores de la luz
Los interruptores tienen que colocarse a un metro del suelo y deben estar presentes siempre al principio y al final de los pasillos y escaleras. Contar con una buena iluminación en las zonas comunes es imprescindible. La luz debe permanecer encendida siempre que haya alguna persona en el lugar.
- Escaleras
Las escaleras deben ser amplias, de tal forma que puedan pasar dos personas a la vez. Además, deben estar equipadas en su totalidad con pasamanos en ambos lados.
- Garajes
Todo garaje debe reservar plazas para personas con movilidad reducida. Estas deben ubicarse siempre lo más cerca posible de los accesos peatonales y demás servicios del aparcamiento, procurando que las circulaciones sean mínimas y con las menores interferencias con los vehículos.
Si te ha sabido a poco la información de este artículo, te invitamos a descargarte la guía sobre accesibilidad universal y comunidades de propietarios que hemos elaborado en Ascensores Alapont para viviendas ubicadas en la Comunidad Valenciana.