Pronto hará ya dos años que entró en vigor la normativa europea de ascensores EN 81-20 y EN 81-50. Si todavía no tienes claro cómo afecta a tu ascensor no te preocupes, te lo contamos con detalle.
Las normativas EN 81-20 y EN 81-50 regulan los aspectos relacionados con el diseño, la resistencia de los materiales y los componentes de seguridad.
La última normativa de ascensores es importante, ya que atañe justamente a la seguridad tanto del viajero como del personal técnico que lo mantiene. Ello proporciona también una mayor durabilidad y resistencia del aparato y de sus componentes, así como más confianza para el usuario.
¿Qué cambios aporta la nueva normativa europea de ascensores?
Mayor seguridad para los pasajeros:
El nuevo reglamento afecta a los pasajeros positivamente al aportarles más seguridad, confort y eficacia:
- Aumento de la iluminación en la cabina tanto para el uso habitual como para el de emergencia.
- Mayor resistencia en las paredes, puertas y techos.
- Cristal más seguro.
- Materiales de decoración no inflamables.
- Mayor seguridad en las puertas, más sensibilidad en estas para la detección de pequeños obstáculos.
- Control de sobrecarga en la cabina, tanto visual como audible.
Mayor seguridad para el personal de mantenimiento o montaje:
Para los técnicos de mantenimiento también se trata de una mejora, ya que se aumenta la seguridad ampliándose entre otras medidas el espacio de trabajo dictado por normativa.
- Aumento de iluminación en el hueco del ascensor.
- Más espacio de seguridad para trabajar en el foso y en el techo de la cabina, y así disponer de más capacidad para moverse y trabajar cómodamente.
- Aumento de protección en prevención de descargas eléctricas.
- Más resistencia de la barandilla de seguridad en el techo de la cabina.
- Se incorpora en el foso del ascensor un mando de inspección para el técnico.
- Puertas y trampillas más grandes.
- Más dimensión de los refugios de seguridad por si hay algún caso de accidente.
¿Cómo afecta a tu ascensor?
La normativa afecta a aquellos ascensores que se hayan instalado a partir del 1 de septiembre de 2017 o en los casos en los que se haya sustituido totalmente un ascensor viejo por uno nuevo, por lo que deben de cumplir con el reglamento. De no ser así no se podrían legalizar y por lo tanto el ascensor no se podría poner en funcionamiento.
Si tras leer el artículo todavía te quedan dudas respecto a tu ascensor, no lo pienses y contacta con nosotros o déjanos tu comentario en el post.
Hola . Necesito saber la normativa respecto a los botones de alarma cuando te quedas atrapado dentro . Por favor . Me he quedado este lunes y nadie me ayudó . Estuve 40 minutos dentro .
Buenos días Belén, la norma dice que el botón ha de estar enlazado telefónicamnete con la empresa que mantiene el ascensor. A veces no queda claro cómo se ha de proceder para hacer la llamada a la empresa, ya que en algunos hay que mantener pulsado el botón, en otros basta con una pulsación corta…según el modelo de ascensor y marca puede variar la forma de proceder. Esta ha de venir indicada normalmente en la cabina del ascensor. Si no es así le recomiendo que lo reclamen a su empresa ascensorista para futuras ocasiones,
espero haberle ayudado,
un saludo
Buenas tardes, en un hueco de ascensor ejecutado con fabrica de ladrillo, la normativa define el acabado del hueco?. enfoscado y pintado, ….
Buenos días Antonio, la normativa indica que el hueco ha de ser de materiales que no originen polvo y tener la suficiente resistencia para soportar las reacciones de las guías ancladas en ellas, o por el descentrado de las cargas de la cabina y sobre todo por la actuación del paracaídas. Por lo menos deben resistir en cualquier punto una fuerza horizontal de 3000 N sobre una superficie redonda o cuadrada de 5cm2 sin que se produzca una deformación elástica superior.
Espero haberle ayudado,
un saludo
Hola, en la revisión de la OCA nos solicitan:
– Instalar sistema de socorro en hueco (bajo cabina y techo) pulsadores.
– Colocar las protecciones de las poleas de la maquina.
En ascensor es del 2007 y paso la última OCA en el 2015 correctamente. ¿Esto que solicitan es normativa nueva?
Si es así ¿ Pueden obligar a los ascensores anteriores a la normativa a realizar las modificaciones?
Gracias.
Hola Toni, lo que indica es correcto. Desde 2017 los aparatos se rigen por una nueva normativa de ascensores la EN 81-20 y la EN 81-50. Los cambios respecto a la normativa anterior son básicamente la incorporación de nuevos elementos de seguridad tanto para los usuarios como para los operarios que mantienen el aparato. Algunas de estas seguridades han pasado a ser obligatorias en los aparatos instalados anteriores a la norma por lo que efectivamente hay que realizar estas actualizaciones. Es una cuestión de seguridad además de una garantía para la durabilidad del ascensor.
Espero haberle ayudado,
un saludo
Buenas noches, el ascensor de nuestra comunidad ahora habla, y te informa cuando se abren o cierran las puertas y cuando llegas a una planta también te lo indica, es por alguna normativa específica?? Es en la comunidad de Madrid
Buenos días David,
Desconozco si se trata de una normativa en la comunidad de Madrid el hecho de que todos los ascensores deban de cumplir con la norma de accesibilidad. Nosotros únicamente estamos en la Comunidad Valenciana. El hecho de que el ascensor «hable» es porque se ha activado el sintetizador vocal para poder avisar a las personas que tienen dificultades auditivas,
espero haberle ayudado
un saludo