Inspección periódica del ascensor y OCA, ¿quién paga la subsanación de los fallos?

Los ascensores son el medio de transporte más seguro. Por ello y para garantizar  asegurar su correcto funcionamiento y seguridad,  requieren (al igual que ocurre con los vehículos)  de una inspección periódica por parte de un Organismo de Control Autorizado y de un mantenimiento mensual realizado por un técnico de una empresa de ascensores homologada.

A continuación, respondemos a las preguntas más frecuentes sobre las revisiones periódicas del OCA, siendo este el único organismo que industria ha autorizado o certificado para que puedan realizar la correspondiente inspección a  ascensores y elevadores.

Si tu pregunta no está planteada, déjanos un comentario al final del post o envíanos un correo y estaremos encantados de ayudarte dándote una respuesta.

 

¿En qué consiste la revisión periódica?

Cada cierto tiempo dependiendo de las características del edificio donde esté instalado el ascensor, se ha de pasar una inspección periódica al elevador obligatoriamente. En esta, el inspector se encargará de revisar otros aspectos diferentes a los que se realizan en los mantenimientos. Al igual que ocurre con la ITV de los vehículos, se revisa de forma  exhaustiva el perfecto estado de la sala de máquinas, el motor, el posible desgaste de los componentes de seguridad,  la correcta adecuación del ascensor a la normativa actual, aspectos del hueco del ascensor, y de la cabina entre mucha otras cosas.

 

¿Qué precio tiene la revisión de OCA del ascensor?

Dependiendo de la comunidad autónoma y sobre todo del Organismo de Control Autorizado elegido, el precio de la inspección periódica del ascensor puede variar, oscilando entre 80 y 140 euros habitualmente.

 

¿Cada cuánto se ha de pasar la inspección por parte del OCA?

La periodicidad de las inspecciones está regulada en el Reglamento de Aparatos de Elevación y Manutención del Real Decreto 2291/1985, de 8 de noviembre, y en la Instrucción Técnica complementaria AEM 1 “Ascensores” del Real Decreto 88/2013 de 8 de febrero. Así, el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana establece que las revisiones han de ser cada 2, 4 ó 6 años dependiendo de las características de los edificios donde estén instalados los ascensores:

 

  • Cada 2 años: edificios industriales y lugares de concurrencia pública.
  • Cada 4 años: edificios de más de veinte viviendas o con más de cuatro plantas
  • Cada 6 años: resto de casos.
  • Inspecciones extraordinarias siempre que se haya reformado un ascensor; haya ocurrido un accidente o se cambie de empresa ascensorista, salvo que se haya realizado en el año anterior a dicho cambio. Esta última no se da en todas las Comunidades Autónomas. En el caso de la Comunidad Valenciana, sí. En el caso de Alapont, nos hacemos cargo del pago de la inspección en el caso de contratar nuestro mantenimiento y haber pasado la revisión hace menos de un año.

¿Quién solicita la inspección?

Normalmente es el administrador de fincas quien se encarga de avisar al organismo correspondiente para pasar la inspección, aunque puede solicitarla cualquier vecino de la comunidad. A su vez, Industria avisa a la Comunidad recordando la cita pendiente. En Ascensores Alapont, como algo excepcional, también recordamos a la Comunidad que soliciten al Organismo de Control Autorizado la revisión cuando llegue el momento. Pese a ello, la responsabilidad de que finalmente se lleve a cabo la inspección periódica le corresponde al propietario del ascensor.

Se puede solicitar a lo largo del año, con una antelación mínima de dos semanas antes de la fecha de caducidad de la pasada inspección.

 

¿Qué ocurre si mi ascensor no supera la revisión?

Los resultados de la revisión pueden ser tres: favorable, desfavorable con defectos graves y desfavorable con defectos muy graves. En el primer caso se colocará en la cabina del ascensor una pegatina verde, la cual indica que ha aprobado la inspección pero se han detectado defectos leves que conviene subsanar para evitar daños mayores si estos empeoran. Además, hay que tener en cuenta que la normativa va cambiando y algunos errores que antes eran leves pueden convertirse en graves o muy graves, por lo que si se arreglan en su momento se evitarán sorpresas en la siguiente revisión.

En el caso de que el resultado de la inspección sea desfavorable con defectos graves se colocará una pegatina naranja. El OCA deja 6 meses de margen para subsanarlos. En el caso de no hacerse, el ascensor quedará fuera de servicio hasta que se realicen los cambios pertinentes. Una vez obtenido el resultado, la empresa ascensorista que lleve el mantenimiento del elevador deberá presentar un presupuesto a la Comunidad de Propietarios. La comunidad, o en su caso el administrador de la finca, será la responsable de aprobar dicho presupuesto y asegurarse de la subsanación de los errores en el tiempo establecido. Una vez reparados, la empresa ascensorista deberá informar al OCA.

inspección ascensores

Por último, si en la inspección se han detectado errores muy graves, se colocará la pegatina roja y el ascensor quedará precintado y fuera de servicio hasta que se solucionen los defectos detectados. Tal y como ocurre con la pegatina naranja, una vez se hayan realizado los cambios, se deberá informar al OCA, junto con la acreditación de la empresa de mantenimiento que lo haya subsanado. Se deberá realizar una nueva inspección para que el ascensor pueda volver a estar operativo.

 

¿Es motivo de sanción no disponer de la pegatina de la anterior revisión en el interior de la cabina del ascensor?

La pegatina naranja o verde de las revisiones del OCA es meramente informativa para el resto de vecinos, por lo que no sería motivo de sanción. La empresa de mantenimiento cuenta con la hoja oficial de la inspección con los resultados detallados junto con la documentación del ascensor.

 

Si la inspección del ascensor no es favorable, ¿quién paga los gastos económicos para la subsanación de los errores?

Los gastos que supongan las subsanaciones de los fallos detectados por el OCA corren a cargo de la comunidad de vecinos. Existe una excepción en el que se hace cargo el fabricante del ascensor. Si se ha instalado recientemente el elevador y el fabricante no ha incluido los últimos cambios de normativa exigidos para pasar favorablemente la inspección del OCA, la empresa ascensorista deberá pagar los gastos que conlleve.

Cada mes, cuando el técnico de mantenimiento revisa el ascensor informa de aquellas anomalías que ha observado que, pese a no afectar a la seguridad directa del usuario, no cumplen con la normativa vigente. Sin embargo, en ocasiones las comunidades no aprueban los presupuestos para arreglarlo al no ser vitales y al pasar la revisión del OCA sale desfavorable pese a haber llevado un correcto mantenimiento.

 

Consecuencias de no llevar a cabo las inspecciones periódicas de OCA

No cumplir con las labores de mantenimiento y/o con las revisiones e inspecciones obligatorias puede generar algunas consecuencias, como las que detallamos a continuación:

  • Sanciones administrativas a la comunidad de propietarios titular del edificio.
  • El seguro no se hará cargo de los siniestros que vengan ocasionados por el incumplimiento de normas, leyes, ordenanzas y reglamentos referentes al mantenimiento de las viviendas y sus instalaciones o por no asumir las responsabilidades de dicho incumplimiento. Si ocurre un accidente en esta situación, los propietarios de la comunidad tendrán que afrontar las consecuencias económicas del siniestro de su propio bolsillo y no estarán cubiertos por ningún seguro al ser una excepción dentro de la póliza.
  • Responsabilidad penal en caso de imprudencia grave con resultado de muerte. Conforme al art. 142 del Código Penal, podrían ser castigados como reos de homicidio imprudente con la pena de prisión de uno a cuatro años quienes por imprudencia grave fueran los causantes del fallecimiento. La falta de los mantenimientos, revisiones e inspecciones que marca la normativa puede ser la causa determinante. Quien sea declarado responsable penalmente, deberá también hacer frente a las responsabilidades civiles.

Tras una inspección no favorable del ascensor quiero cambiar de empresa de mantenimiento. ¿Es posible?

Pese a que la empresa de mantenimiento no es responsable del resultado de la inspección al haber informado previamente a la comunidad de los fallos que ha ido detectando en las revisiones mensuales, puedes no estar contento con ella y buscar cambiar de empresa ascensorista. De ser así, deberás esperar a que estén subsanados los errores detectados en la revisión periódica del OCA, dado que el responsable de solucionar dichos fallos es la empresa mantenedora con la que tengas actualmente el contrato.

Si tu ascensor se encuentra en la  Comunidad Valenciana y  te queda alguna duda sobre las revisiones periódicas obligatorias del ascensor, contacta con nosotros y te ayudaremos encantados.

16 comentarios en «Inspección periódica del ascensor y OCA, ¿quién paga la subsanación de los fallos?»

  1. Además de la revisión periódica cada cuatro años exigida por Industria para una Comunidad de 6 plantas y 12 vecinos.
    ¿Actualmente ha salido alguna otra normativa para realizar una revisión intermedia por una OCA?

  2. Buenos días Luis, actualmente si tras la OCA se detectan defectos graves, se deberá de pasar otra revisión a los 6 meses. Por otro lado, se realiza además una revisión de OCA cuando hay un cambio de conservador, es decir, cambio de empresa mantenedora del ascensor, esta revisión en este caso siempre si hace más de 1 año que se realizó la última.
    Espero haberle ayudado,

    un saludo

  3. La comunidad quería hacer la inspección con una empresa, y la empresa del mantenimiento, trajo a otra mas cara, el plazo finalizaba el 21 de septiembre del 2021.
    El día 17, llaman de la empresa de mantenimiento diciendo que ya han pasado la inspección, y que hay que abonarle a la empresa que trajeron ellos, la comunidad dice que ellos no han contratado a esa empresa, que es como 80 euros más cara. El problema es quien se hace cargo de la factura de la empresa que la comunidad no contrató. Saludos

  4. Buenos días, recientemente nos han pasado una revisión y ni ha sido favorable. Nos han hecho un presupuesto con las diversas cosas que hay que subsanar.
    El caso es que el ascensor tiene 30 años y pasa todas las revisiones periódicas por la empresa fabricante. Mi pregunta es: ¿durante las revisiones la empresa no está obligada a subsanar las anomalías según las leyes vigentes? Somos 9 vecinos y cada revisión nos cuesta 1200€, demasiado para engrasar las correas y cambiar las bombillas

  5. Si mi edificio es de cuatro plantas, ¿por qué nos hacen pasar la inspección cada cuatro años?
    ¿Es porque cuenta el patio como otra planta?
    Gracias

  6. Hola Eduardo buenos días, Por desgracia no se puede. Para pasar la revisión se abre un expediente en industria, el cual solo lo puede cerrar el mismo organismo de control. La misma empresa que lo ha abierto.
    Espero haberle ayudado,
    un saludo

  7. Hola Ruth,no solo se tiene en cuenta el nº de plantas sino también el nº de viviendas por planta y el año de construcción del edificio,

    Espero haberle ayudado,
    un saludo

  8. Buenos días Antonio,
    Hay que distinguir dos cosas, una es las tareas de mantenimiento preventivo que se realizan en el ascensor por parte de la empresa mantenedora (que muchas veces no es la que lo instaló) , y la otra, las tareas de adecuación a la nueva normativa o renovación del ascensor.
    Cuando se pasa una inspección periódica y el organismo de control saca los fallos o defectos que hay que subsanar para estar acorde con la nueva normativa, la empresa de mantenimiento pasa un presupuesto de los trabajos a realizar y la comunidad lo acepta o no.
    Es responsabilidad de la comunidad hacer que la empresa realice estas tareas y tener el ascensor en vigor. Sobre todo por una cuestión de seguridad. En cuanto al coste, es verdad que cuantos menos vecinos, mas caro resulta para cada uno. Ahí les aconsejo hablar con su empresa de mantenimiento y negociar o ver otras opciones en el mercado, ya que no entiendo muy bien el coste que comenta de cada inspección.

    Espero haberle ayudado,
    un saludo

  9. Buenos días Francisco,
    le comento: La contratación de la inspección periódica ordinaria es obligación de la propiedad (La comunidad). Las empresas mantenedoras tan solo podrán hacer el trámite de la contratación bajo autorización por escrito de la comunidad. En el caso de un cambio de conservador (cambio de empresa de mantenimiento) es el nuevo mantenedor quien hace la contratación y pago de la inspección, por normativa. En este caso que comenta, si la inspección es ordinaria y el cliente no la ha contratado, no tiene por qué pagar.
    Espero haberle ayudado,
    un saludo

  10. Buenos días. En mi comunidad nos hemos encontrado con que ninguno de los dos ascensores ha pasado la Inspección y tenemos 6 meses para reparar los fallos y volverla a pasar. Mi duda, como actual presidenta y después de haber revisado los partes de mantenimiento mensual del último año y no habiendo encontrado más q una nota con 1 de los fallos que se han detectado en la Inspección, es: porque no se han detectado en los mantenimientos esos fallos tan graves??

  11. Hola Carolina,
    La realizada es que nos e trata del mismo tipo de revisión. Es verdad que hay defectos que si se pueden detectar durante el mantenimiento y la empresa lo suele notificar, pero hay otros que únicamente se ven durante la revisión periódica del ascensor, ya que se trata de una revisión muchísimo mas exhaustiva donde se revisa hasta el año de fabricación de los componentes.
    Cuando se pasa la revisión periódica el organismo de control emite un informe que traslada normalmente a la empresa mantenedora y al presidente o administrador de la comunidad. Tras esto la empresa mantenedora valora el coste de las reparaciones y es la comunidad la que ha de aceptar el presupuesto para poder iniciar los trabajos. Muchas veces suelen ser sustituciones de componentes viejos por seguridad, o adaptaciones a la nueva normativa.
    Para que lo entienda mejor, podemos hacer un símil con los vehículos y la ITV. Un vehículo está obligado a pasar revisiones de mantenimiento cada cierto tiempo, cambios de aceite cada x kilómetros etc (esto sería el mantenimiento mensual en los ascensores) pero cada cierto tiempo ha de pasar la ITV donde revisan otro tipo de componentes más a fondo, emisión de gases, componentes de seguridad etc … Esta revisión sería en este caso como la de la OCA del ascensor.
    Espero haberle ayudado,
    un saludo

  12. Buenos días,
    los defectos leves son igualmente obligatorios subsanar, lo único es que el plazo para subsanarlos es de más tiempo. Es recomendable no retrasarlo, ya que un efecto leve se acaba convirtiendo en grave,
    espero haberle ayudado,
    un saludo

  13. Hola, me gustaria saber su opinión sobre la siguiente siuación:
    Hace unos meses se hizo la inspección de nuestro ascensor y se detectaron varios defectos graves a subsanar en los seis meses siguientes. Como presidente de la comunidad de propietarios de la finca y de acuerdo con los vecinos firmé un contrato específico con la empresa encargada del mantenimiento del ascensor para que solucionara y reparara tales defectos. Faltan poco para que se cumpla el plazo de seis meses y la empresa de mantenimiento ha solucionado la parte más sencilla pero no la más complicada. Cuando les pregunto me dan largas y esquivan darme información sobre las causas del retraso en la reparación. ¿En qué responsabilidad incurro si cuando se cumpla el plazo de seis meses no está reparado el ascensor? ¿Haber contratado en tiempo y forma la reparación de tales defectos me exime de toda responsabilidad? ¿Cómo puedo hacer que la empresa de mantenimiento cumpla con lo convenido?

  14. Buenos días Javier, según lo que comenta, le aconsejo seguir estos pasos:

    1- En primer lugar deberían de pedir explicaciones a la empresa mantenedora sobre el tipo de trabajos que ya se han realizado. Es decir, la naturaleza de los mismos, si han solventado los defectos graves o leves (que no tiene por qué ser los mismos que fáciles y difíciles). Ya que si se han subsanado los graves si que entraría en el periodo de 6 meses. También es importante ver en que fecha se firmó el contrato y el plazo que indicó la empresa mantenedora para ver si se realizó la firma en el plazo indicado.

    Espero haberle ayudado,

    2- Tras esto, si se realizó la firma de las reparaciones en plazo, y faltan los defectos graves. Deberían de acudir al organismo de control (OCA) que ustedes han contratado y notificarles esta situación; ponerles al corriente. De esta forma, la OCA también contacta con la empresa mantenedora y ejerce presión.

    3- Si llega al plazo de 6 meses + 1 día y todo lo anterior sigue igual (firmado en tiempo y forma según el plazo que indicó el ascensorista y tratándose de defectos graves, y habiendo notificado la situación a la OCA), podrán ejercer su derecho por incumplimiento de contrato por parte de la empresa mantenedora.

    Espero haberle ayudado,
    un saludo

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