En la actualidad, cada vez son más las personas que nos preguntan por la obligación de pagar la derrama de la instalación del ascensor en su comunidad si se encuentran en situación de desempleo. Y es que las derramas siempre suponen un gasto importante que no se suele prever y al que, en ocasiones, algunos vecinos no pueden hacer frente pese a las ayudas y subvenciones existentes.
Sin embargo, según la Ley de Propiedad Horizontal, todos los propietarios están obligados a participar en los gastos de mantenimiento y conservación del edificio una vez aprobados en Junta. Incluso, hay casos en los que es obligatorio pese a no ser necesario que se vote si se llevan a cabo o no, como las obras para la conservación del inmueble o las destinadas a la eliminación de barreras arquitectónicas. Estas últimas siempre y cuando el coste, descontando las ayudas y subvenciones, no supere las 12 mensualidades ordinarias y sea solicitado por una persona mayor de 70 años o con diversidad funcional, tal y como recoge el artículo 10 de la LPH. Si la instalación del ascensor es simplemente para mejorar la calidad de vida y no por cuestiones de accesibilidad, el artículo 17 de la LPH señala que “deberá aprobarse por mayoría simple de los propietarios presentes en la Junta que, a su vez, representen la mayoría de las cuotas de participación”.
El gasto que supone la instalación de un ascensor en la comunidad de vecinos no se divide entre todos por igual, a no ser que así se haya establecido previamente en los estatutos comunitarios, sino por coeficiente de participación. Es decir, teniendo en cuenta la superficie útil de cada vivienda frente a la total del edificio y no por el uso que cada vecino vaya a darle al ascensor o la planta en la que resida.
¿Qué ocurre si estoy en el paro y no puedo hacer frente a la derrama?
Si un vecino se niega a pagar la cuota que le corresponde se convertirá en moroso de cara a la comunidad, indiferentemente de si no paga porque sus condiciones laborales no se lo permiten o porque no lo hace aun pudiendo aportar su parte. Tras adquirir esa condición, la comunidad de propietarios podría acabar llevándole a los tribunales.
En el caso de no poder hacer frente a la derrama por encontrase la persona en una situación de desempleo, dada la obligatoriedad de abonar su parte, una de las soluciones es intentar llegar a un acuerdo con el resto de vecinos y que pueda pagar una cantidad menor hasta mejorar su situación. Ambas partes se beneficiarían de dicho acuerdo, ya que la persona en paro podría pagar más cómodamente la derrama extraordinaria y evitaría acabar en los tribunales por morosidad y la comunidad iría cobrando la deuda, pese a hacerlo en dosis más pequeñas.
En Ascensores Alapont, con tal de facilitar la eliminación de barreras arquitectónicas en los edificios de la Comunidad Valenciana a través de la instalación de un ascensor y hacer más asequible dicha actuación, te asesoramos sobre las diferentes ayudas y subvenciones que cada año se otorgan a nivel estatal y/o autonómico. Puedes descargarte a continuación un e-book recopilatorio gratuito con la información de todas ellas.
Buenas tardes mi consulta es la siguiente,estoy obligada a pagar una derrama por la instalacion de un ascensor,que comunicaria el aparcamiento con la zona diafana,habiendo acceso al recinto por rampas adaptadas a minusvalidos.poner el ascensor es para que la gente no tenga que subir un tramo de escaleras,yo no tengo plaza de aparcamiento por lo que no suelo acceder por esa zona.
y van a realizar una obra para erreglar las cornisa y el techo del parking,por lo que quieren meter tambien en el mismo presupuesto pintar la fachada,por lo cual el presupuesto aumenta 48.000 euros mas.
el presupuesto que quieren presentar es de casi 190.000 euros.
yo pago 70 euros de comunidad y no tengo plaza de garaje.
me pueden dar norte de como actuar.