Si tu comunidad de vecinos está pensando en instalar un ascensor, salva-escaleras o rampa a fin de romper con las barreras arquitectónicas, o necesitas realizar obras en tu vivienda para hacerla más accesible, lee atentamente este artículo, pues aquí encontrarás las ayudas para la instalación de ascensores del 2018 que puedes o podrás solicitar.
¿Qué ayuda/subvención puedo solicitar?
La siguiente tabla puede servirte de orientación para saber que solicitud puedes solicitar:
AYUDAS-RENHATA 2018
Estas ayudas las otorga la Generalitat Valenciana a los propietarios o inquilinos para la reforma de baños, cocinas y aquellas obras que se realicen para mejorar la accesibilidad a personas con discapacidad, en su vivienda habitual. Este último caso incluiría la instalación de un ascensor unifamiliar o un salvaescaleras.
Para su adjudicación se valorarán tanto la calidad constructiva catastral como el grado de discapacidad del ocupante.
El plazo para poder solicitarlas se hará público a principios de marzo, donde profundizaremos en esta ayuda.
¿Qué requisitos debo cumplir para ser beneficiario de esta subvención?
Para poder ser beneficiario de esta ayuda, es necesario que la vivienda constituya tu residencia habitual, y que tenga más de 20 años de antigüedad, salvo en los casos en los que la obra se destine a la adaptación a personas con diversidad funcional.
Además, las obras han de estar finalizadas antes de efectuar la solicitud. Sobre esta subvención os informaremos próximamente, en cuanto salga la convocatoria.
PROGRAMA DE FOMENTO DE LA REHABILITACIÓN EDIFICATORIA
Recientemente se ha aprobado el plan estatal de fomento de la rehabilitación edificatoria, que comprende 4 años de duración (2018-2021). Sin embargo, la convocatoria para el primer año puede sufrir algún retraso, pudiendo pasarse al año siguiente.
Este programa tiene por objeto la financiación de la ejecución de obras y trabajos de mantenimiento en los espacios comunes de edificios residenciales que cumplan una serie de requisitos.
Incluye ayudas para actuaciones en edificios dirigidas a la conservación, mejora de la calidad, sostenibilidad y accesibilidad.
En lo que respecta a las actuaciones de mejora de la accesibilidad del edificio, incluyen la instalación o renovación del ascensor, o la instalación de salva-escaleras, rampas u otros dispositivos incluyendo los adaptados a personas con discapacidad sensorial.
¿Qué requisitos debe cumplir mi edificio?
Debe tratarse de un edificio residencial (mínimo el 70% de las viviendas constituyen residencia habitual) construido antes de 1981 y que al menos el 70% de su superficie se destine a dicho uso.
De manera excepcional, también podrán optar a estas ayudas sin necesidad de cumplir con los requisitos anteriores, aquellos edificios no ubicados en zonas de segundas residencias con graves estructurales o de otro tipo; y edificios finalizados antes del año 2000 y destinados íntegramente al alquiler.
¿Qué gastos se pueden incluir?
El coste de las obras, los honorarios de redacción de proyectos, certificados e informes técnicos, y gastos derivados de la tramitación administrativa. No se incluyen ni las tasas ni los tributos.
Podrás solicitar estas ayudas en los órganos de gobierno de las correspondientes comunidades autónomas. Aquí en la Comunidad Valenciana, como decíamos al inicio, aunque esté aprobado el plan estatal este año, parece que será hacia finales de 2018 o Enero de 2019 cuando saldrán. Os mantendremos al corriente.
Prestaciones económicas individualizadas para la supresión de barreras arquitectónicas para personas mayores.
Como su propio nombre indica, estas ayudas concedidas por la Generalitat Valenciana tienen como objetivo la eliminación de barreras arquitectónicas existentes, tanto en la vivienda propia como en el edificio de la persona mayor.
El plazo para poder solicitarlas comprende desde el 30/01/2018 al 31/10/18, pudiendo admitirse aquellas hasta el 31/12/18 siempre que se acredite la necesidad fuera del plazo normal.
¿Qué requisitos son necesarios?
Podrán beneficiarse de estas ayudas los solicitantes que cumplan los siguientes requisitos:
- Ser mayor de 60 años.
- Que existan deficiencias en el solicitante que le impidan o dificulten su movilidad.
- Que la solicitud esté referida a elementos relacionados con las necesidades de accesibilidad y comunicación, siendo excluidos los que signifiquen una mejora en el hogar/edificio que no esté directamente relacionada con los impedimentos físicos y/o sensoriales.
- el sujeto deberá acreditar a través de los informes médicos y sociales lo exigido en los anteriores requisitos en la correspondiente convocatoria.
¿Cuál es la cuantía de la ayuda?
La cuantía de la subvención dependerá de los ingresos totales de la unidad familiar, el número de miembros de la misma, del coste de la actividad subvencionada y del módulo máximo determinado en las bases de esta prestación.
Puedes consultarlo a través del siguiente enlace: gva.es
Mi edificio tiene más de 40 años. En él vivimos vecinos la mayoría de más de 65 años- Necesitamos instalar un salva-escaleras en la entrada. Podemos acceder a estas ayudas?
Buenos días Carmen, efectivamente dependiendo de la ciudad o comunidad autónoma en la que se encuentre, pueden acceder a varios tipos de ayuda.
Hola Buenas tardes:
En la finca donde vivo los vecinos están interesados en montar un ascensor ya que el edificio tiene más de 50 años y hay diversos vecinos con discapacidades que oscilan desde el 33% hasta 70%.
¿Pueden decirme si se puede pedir algún tipo de ayuda y cómo empezar los trámites?
Muchas gracias.
Buenos días Jaime, por lo que comentas es probable que puedan solicitar alguna ayuda para la accesibilidad. Pero depende mucho de cada comunidad autónoma. ¿podría enviarnos un email a web@alapont.net indicándonos la localidad donde se encuentra el edificio? De esta forma le indicaremos en la medida de lo posible los pasos a seguir. Gracias por contactar con nosotros,
Un saludo
Hola buenas tardes le quería preguntar sobre un edificio que la mayoría de los vecinos lo utilizan de segunda vivienda .En el hay propietarios mayores que le es dificultoso subir escaleras hemos pensado instalar un ascensor. Tenemos derecho a alguna ayuda de la Comunidad Valenciana.
Buenas tardes Susana, hay diversas subvenciones y ayudas según la comunidad autónoma en la que se encuentre. En concreto en la Comunidad Valenciana, existen unas ayudas que han de solicitar a título individual las personas mayores de 60 años que cumplan con los requisitos necesarios. Se solicitan en el PROP.
Aun así en la web de https://habitatge.gva.es/es/ podrá encontrar las diversas subvenciones vigentes.
Espero haberle ayudado,
un saludo
Hola,tengo muchas dudas al respecto,las ayudas siempre se conceden si se cumplen los requisitos?,de ser así,las dan una vez iniciada la obra?,o cuando finalice?,porque en mi caso es para la instalación de ascensor,y soy la única que lo ha pedido,por mi madre que tiene 70 años y una minusvalia del 78%, nadie quiere poner dinero,vivimos en un 2º,y hace un año le dijeron que tenia la espalda destrozada,tendría que operarse la espalda y la rodilla,pero con todas las complicaciones que tiene es muy difícil.No puede salir de casa,y cuando lo hace para ir a los médicos,es muy complicado.El problema es que nadie quiere pagar,por tanto no lo quieren poner,y me consta que la mayoria,tienen segunda residencia,locales,pisos.Por eso quería saber si las administraciones adelantan el dinero,y si algunas solicitudes son rechazadas y no reciben nada ,pese a cumplir los requisitos.No se a quién acudir para que me expliquen que puedo hacer.soy de Castellon,supongo que será la Generalitat Valenciana.Gracias
Hola Yolanda, hay varios tipos de ayuda. Hay ayudas individuales y otras que se han de solicitar de forma colectiva en la comunidad de propietarios.
Según la ley, si se cumplen los requisitos que has descrito, es obligatoria la instalación de un ascensor en la comunidad, a menos que el coste de la instalación supere las 12 mensualidades. En este caso es el interesado el que debería de pagar la diferencia. En cuanto a las ayudas siempre se suelen abonar una vez realizada la obra.
Para más información en Castellón, creo que lo ideal es que te dirijas a : https://habitatge.gva.es/es/web/arquitectura y ellos podrán asesorarte de forma mas precisa para la zona de Castellón. Espero haberte ayudado,
un saludo
Buenos días.
Mi duda es respecto a la obligación de subir el ascensor hasta mi rellano.
Mi vivienda tienes más de 50 años cuenta con un ascensor que llega solo hasta el sexto piso. Yo vivo en séptimo. Ambas personas que vivimos en la vivienda tenemos una discapacidad definitiva de 33% y del 37%
Los vecinos se niegan a subir el ascensor hasta mi vivienda por el alto coste que supone el cambio completo del mismo. Ya que para que se adapte a la ley debe retirarse el enrejado que protege el ascensor actualmente, y sustituirse por paredes. Además de ser necesario llevar la cabina a cota cero en el patio de acceso del edificio.
Mi pregunta es si ¿La ley me ampara para poder exigir que lleven el ascensor hasta mi vivienda?
Muchas gracias
Buenos días Fernando. Hay varias opciones para lo que nos comenta aqui. Por favor contacte con nosotros a través del correo web@alapont.net y al ser de la comunidad valenciana nuestro comercial le podrá asesorar y comentarle las opciones que hay en materia de ayudas, normativa y soluciones accesibles.
Si no es tu primera residencia, también puedes obrar a las ayudas. El edificio tiene más de 20 años
Buenos días MªAngeles, necesitaría que nos diga en que localidad se encuentra y nos escriba a esta dirección email: web@alapont.net, de esta forma le podremos asesorar sobre las ayudas a las que podría acceder si se encuentra en la Comunidad Valenciana.
Un saludo
Hola yo quiero saber dónde ir a q le informen del proyecto de un ascensor en una comunidad hay varios vecinos que si quieren pero son todos mayores y no entienden bien el sistema y quería saber dónde me informan de todo para saber cómo se tramita y a donde hay que ir para que te asesoren soy de Valencia tiene que haver alguna oficina que lleven todo y te informen
Gracias
Buenos días Angeles, normalmente esta tarea la suele realizar la propia empresa que va a instalar el ascensor. Ellos deberían informaros del procedimiento y pasos a seguir. No hay como tal, un organismo que englobe todo. Tambien puede pedir asesoramiento en https://habitatge.gva.es/es/conselleria sobre ayudas y subvenciones.Tambien le invito a leer este artículo donde lo expicamos un poco mejor, por si le fuera de ayuda: https://alapont.com/blog/pasos-para-instalar-un-ascensor-en-tu-comunidad-de-propietarios/
espero haberle ayudado,
un saludo