Pasos para la instalación de un ascensor en tu comunidad de propietarios

La instalación un ascensor en una comunidad de propietarios es más sencillo de lo que parece, a priori, puede parecerte algo tedioso por desconocer cómo proceder a la hora de poner un ascensor en tu edificio. En este artículo te contamos con detalle todo el proceso a seguir. Todos los pasos para instalar un ascensor en tu comunidad de propietarios sin ascensor, y que tienes que tener en cuenta. Te guiamos y acompañamos a lo largo de todo el proceso de instalación de un ascensor, ¿a qué piso vas?

Pasos debes seguir para la instalación de un ascensor en mi comunidad de vecinos.

1. Contactar con una empresa de ascensores y solicitar presupuesto

El primero de los pasos es contactar con una empresa instaladora de ascensores para solicitar presupuesto. Acordarás un día para que la empresa ascensorista visite la comunidad, y haga un estudio de viabilidad con el que determinará cuáles son las mejores ubicaciones, que a priori, son viables para poner un ascensor o, en su defecto, otras alternativas y soluciones de accesibilidad, y procederá a la elaboración de un presupuesto detallado, que incluya cada una de ellas.

Si se cree conveniente, se consultará a un arquitecto, para cerciorar la viabilidad del montaje del ascensor, y las posibilidades de las que disponéis.

reunion de vecinos

2. Aprobación del presupuesto para poner un ascensor

Una vez recibido el presupuesto, se celebrará una reunión con la empresa de ascensores, el administrador de la finca y con la comunidad de propietarios para informarles de la viabilidad, el presupuesto y las diferentes opciones de financiación para poner el ascensor en la comunidad, y proceder a la votación para aprobar la instalación del ascensor.

Dependiendo de si el solicitante o algún vecino del edificio es mayor de 70 años o cuenta con una minusvalía superior al 33% será obligatorio o no votarlo en junta. Antes de la junta, es importante que conozcas la siguiente información, contando así con argumentos para instalar un ascensor, convencer a tus vecinos y aplicar tus derechos.

En ocasiones, durante esta reunión, también se aprovecha para acordar cómo se paga el ascensor. La distribución de los gastos de la instalación, según el artículo 9.1 de la Ley de Propiedad Horizontal, dependerá del coeficiente de participación, o lo que es lo mismo, por lo que, no se debe dividir por partes iguales ni influye el uso que le vayas a dar o la planta en la que residas. Sin embargo, si en los estatutos de la finca se establece que los gastos que acarree el edificio corren por igual a cada propietario, estará por encima de la Ley. Si esto ocurre, debe ser aceptado por unanimidad.

Puede darse el caso que algunos vecinos no paguen su parte. ¿Qué hacer con los vecinos morosos? Se puede iniciar un procedimiento judicial o, dividir los gastos de la instalación del ascensor entre el resto de vecinos y que este funcione con una llave.

3. Firmar contrato de instalación, realizar proyecto de obra civil, solicitar licencia de obras y, tramitar ayudas y subvenciones.

En el caso de que finalmente se apruebe el presupuesto, el siguiente paso es:

  • Comunicar la decisión a la empresa ascensorista cuyo presupuesto para poner un ascensor se ha elegido y firmar el contrato de instalación.
  • La empresa de ascensores y la dirección técnica confirman todas las mediciones para la realización del proyecto de obra civil.
  • El arquitecto realizará un informe de evaluación del edificio para gestionar el proyecto de obra civil y solicitar la licencia de obra en el Ayuntamiento. El departamento técnico se encargará de hacer el seguimiento de la misma y contestar en tiempo y forma a los requerimientos que pudieran originarse por parte del técnico municipal. Dependiendo de la localidad o distrito en el que te encuentres, el tiempo de consecución de licencia puede variar desde varios meses hasta más de un año.
  • Tramitar las ayudas y subvenciones existentes para facilitar el pago de la instalación del ascensor. Podéis solicitarlas cuando, cumpláis con los requisitos y esté abierto el plazo de presentación. Infórmate aquí de todos los detalles de las subvenciones y ayudas para la accesibilidad en la Comunidad Valenciana.

Una vez concedida la licencia de obra, la empresa de ascensores, el arquitecto, el coordinador de seguridad y el jefe de obra asignado, planifican la parte más técnica de la obra, definiendo los procesos constructivos, tomando las precauciones necesarias para trabajadores y vecinos; y estableciendo las medidas de protección concretas para cada uno de los puntos críticos identificados.

Tras definir todo lo mencionado en el párrafo anterior, el Jefe de Obra asignado y la empresa encargada de la instalación del ascensor, se reúnen con los vecinos para presentar el plan de obra, explicar detalladamente el proceso de instalación y elegir los acabados del ascensor para su fabricación.

Es importante comprobar que se han realizado correctamente las medidas del hueco donde se va a poner el ascensor, requeridas previamente por la empresa ascensorista, antes de fabricar el ascensor.

4. Montaje del ascensor

La labor de montaje de los distintos componentes del ascensor comprende una parte mecánica, como guías, chasis, puertas, componentes de seguridad (paracaídas, limitador, enclavamientos de puertas, etc.), entre otros; y una parte eléctrica, como el cuadro de maniobra, botonera de cabina, pulsadores exteriores, etc.

Una vez finalizado el montaje del aparato, se procede a realizar el protocolo de pruebas final, en el que se comprueban los componentes de seguridad, los puntos de la norma y el buen funcionamiento del aparato. Para que el protocolo de pruebas esté completo es imprescindible que exista una línea de telefónica.

Al tratarse de un procedimiento tan riguroso, deben realizarlo empresas expertas en la instalación de ascensores como Ascensores Alapont.

instalación ascensor patio de luces

5. Puesta en funcionamiento e inspección del ascensor

Para poner en marcha el ascensor es obligatorio inscribirlo en Industria para obtener el RAE (número de Registro de Aparato Elevador), para efectuar este paso es necesario disponer del contrato de mantenimiento y línea telefónica vigente.

En Ascensores Alapont ofrecemos un servicio integral para que no tengas que preocuparte por nada, incluyendo albañilería, arquitectura, e información de normativa actual y, si te estás preguntando, ¿cuánto cuesta un ascensor? También te asesoramos sobre las diferentes ayudas y subvenciones a las que puedes acogerte, así como un plan de financiación dependiendo de tus circunstancias.

Si vives en la Comunidad Valenciana y deseas instalar un ascensor en tu comunidad, puedes contactar con nosotros, ¡Estaremos encantados de atenderte!

10 comentarios en «Pasos para la instalación de un ascensor en tu comunidad de propietarios»

  1. me parecen muy interesantes todos los correos vuestros con información de todo tipo para las comunidades de vecinos.
    un saludo

  2. Muchisimas gracias, es una gran satisfacción recibir este tipo de comentarios ;). Intentamos, y tenemos como objetivo que todos los contenidos sean de verdad interesantes y de valor para nuestros lectores.
    Un saludo y de nuevo gracias

  3. buenas tardes , mi caso es el siguiente , mi madre tiene 90 años y tiene 5 años sin poder salir pues vivo en un piso 3ero y no tenemos ascensor , únicamente ha salido cuando la ambulancia la ha venido a buscar para su consulta y los enfermeros la bajan a pulso en la silla especial , algo bastante forzado para ella pues después de esta salida pasa los siguientes 3 días adolorida. La cuestión es que ya he solicitado los presupuestos y viabilidad del proyecto, tengo 3 presupuestos, y falta ahora es que los vecinos se pongan de acuerdo , cosa que veo inviable por los precios y trabajos, ahora quisiera exigir a la comunidad esta instalación y no sé los pasos a seguir , un 70% de la comunidad así lo quiere , pero veo que pasan los meses y no hay un total acuerdo. ¿Puedo exigir la instalación con ayuda de la ley? y si es asi , cual es el procedimiento a seguir

    Agradecido de antemano
    telf 698125553

    saludos

  4. Hola Juan, por desgracia es un caso aún bastante común a día de hoy.
    Veo que no están en la Comunidad Valenciana que es la zona que tenemos más controlada por estar aquí. Normalmente en estos casos se ha de hacer una junta de vecinos, con el administrador de la finca, y llevarlo a votación. Con que haya mayoría simple ya se puede proceder a la instalación del ascensor. También le recomiendo que soliciten las ayudas de accesibilidad, ya que se está concediendo un gran porcentaje del coste de la obra.

    Espero haberle ayudado,
    un saludo

  5. Mi administrador de fincas me dice que aunque haya una persona mayor de 70 años no puedo obligar a mis vecinos a ponerlo porque el costesupera los,12 meses de comunidad anuales como se saca eso será los 12 meses por los años que llevamos en la finca????

  6. Buenas tardes
    Mi caso es bastante parecido al de Juan Varela.
    Mis padres son mayores de 70 años y viven en una finca sin ascensor en València.
    Mi madre tiene un informe de su médico de cabecera indicando que tiene un problema en la cadera.
    Han intentado varias veces la instalación pero por desacuerdos vecinales en gran parte económicos, no lo consiguen.
    Quisiera saber si por ley y teniendo ese informe médico hay alguna posibilidad de conseguirlo?
    Y si fuera así, cuál es el siguiente paso a seguir.

    Gracias por adelantado.

  7. Buenos días Lourdes, por desgracia, aunque la ley exprese claramente la obligatoriedad, la realidad es que para conseguirlo habría que ir vecino por vecino. En el caso de morosos o de que no haya consenso entre todos, lo que se suele hacer es pagarlo entre los interesados y poner una llave de acceso restringido. Si posteriormente quieren tener acceso deberán de pagar su parte correspondiente.

    Espero haberte ayudado,

    un saludo

  8. Buenas tardes Sara,
    actualmente si hay una persona mayor de 70 años que lo solicita, la comunidad está obligada a poner el ascensor. Aunque supere las 12 mensualidades,

    espero haberle ayudado,
    un saludo

  9. Buenas tardes,
    Vivo en una comunidad con varios portales. Los gastos son comunes para todos y no hay estatutos. Hay dos personas con minusvalía que solicitan ascensor en dos portales distintos. La obligatoriedad de las 12 cuotas serían para la instalación de los dos o de cada uno por separado. Osea, debemos pagar 12 mensualidades por cada ascensor? O solo doce mensualidades en total.

  10. Buenos días Daniel, si el acceso a ambos edificios es diferente, entonces se debería de instalar los dos ascensores. Cada portal ha de ser accesible, y se entiende que cada portal aplica la norma de las 12 cuotas de forma independiente.
    Espero haberle ayudado,

    un saludo

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