En Ascensores Alapont hemos querido recopilar las preguntas más frecuentes sobre el ascensor en la comunidad de vecinos que nos llegan a diario. ¿Me pueden prohibir que mi perro suba en el elevador? ¿Cómo se reparten los gastos de la instalación de un ascensor en una comunidad? A continuación, te traemos las respuestas para ayudarte en las dudas que te puedan surgir.
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¿Pueden viajar los niños solos en el ascensor?
Hoy en día, la seguridad es tal en los ascensores que cualquier persona puede utilizaros sin riesgo tenga la edad que tenga. Es por ello que en la normativa actual (EN 81-20 y EN 81-50) no se especifica nada que vete la entrada a pequeños sin estar acompañados por un adulto.
En algunas comunidades como Madrid, una Ordenanza Municipal prohíbe expresamente que los menores de 14 años vayan solos en el ascensor. Sin embargo, esto no ocurre en la Comunidad Valenciana.
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¿Es obligatorio bajar el ascensor a cota cero?
Terminar con las barreras arquitectónicas en los edificios es algo que por ley es obligatorio, según el artículo 10 de la Ley de Propiedad Horizontal. Para que un inmueble sea accesible para todos, no basta con instalar un ascensor, sino que para acceder a este no ha de haber ningún obstáculo, como por ejemplo, escalones.
Si lo solicita un vecino con movilidad reducida o mayor de 70 años, será de obligado cumplimiento siempre que el importe total del gasto no supere las doce mensualidades una vez descontadas las ayudas y/o subvenciones al respecto, tal y como indica el artículo 10.1 B de la LPH.
Sin embargo, también existen otras alternativas para conseguir la accesibilidad universal en tu edificio, por lo que no estarías obligado a bajar el ascensor a cota cero siempre y cuando garantices dicha accesibilidad.
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¿Me pueden prohibir que suba con mi perro en el ascensor?
En la Comunidad Valenciana no existe ninguna normativa que te limite en este tema, ni se refleja en la Ley 4/1994, de 8 de julio, de la Generalidad Valenciana, sobre Protección de los Animales de Compañía. Si algún vecino se queja de que tu mascota use el elevador y te dice que está prohibido, solicita al administrador que te muestre los estatutos de la comunidad. En el caso de que allí se contemple, no podrás viajar en él con el animal a no ser que lo necesite por enfermedad, vejez o sea Lazarillo.
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¿Puedo renovar el ascensor sin necesidad de instalar uno nuevo?
¡Claro que se puede! En Ascensores Alapont, pensando en tu seguridad y confort, te damos la posibilidad de modernizar tu ascensor independientemente de la marca y modelo conservando muchos componentes, como las puertas de rellano, las puertas de cabina, las guías o el contrapeso. De este modo, ahorrarás dinero y tiempo y ¡quedará como nuevo!
La renovación del ascensor supone sobre todo la mejora en tu seguridad, reduciendo los riesgos potenciales, adaptándolo a las normativas vigentes e incorporando los últimos avances en materia de seguridad.

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Si se realiza un correcto mantenimiento del ascensor ¿por qué salen defectos en la revisión periódica?
El técnico de mantenimiento, cuando finaliza cada revisión, señala en el informe los defectos que ha encontrado, los que ha subsanado y aquellos que requiere realizar algún cambio en el ascensor. Pasa presupuesto a la Comunidad y los vecinos deciden si seguir adelante con las indicaciones del profesional o no. En numerosas ocasiones, hasta que un organismo o ley no te obliga a llevarlos a cabo no se aprueba dicho presupuesto. Es por ello que, cuando la OCA realiza la revisión periódica, pese a que se haya llevado un correcto mantenimiento, se detectan errores. Además, se ha de tener en cuenta que la normativa va cambiando y que hay que adaptarse a dichos cambios. Por ejemplo, antiguamente no era obligatorio tener una línea telefónica en la cabina y ahora sí.
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¿Pagan todos los vecinos por igual la instalación y el mantenimiento de un ascensor?
Según el artículo 9.1 de la Ley de Propiedad Horizontal, la cuantía dependerá del coeficiente de participación, o lo que es lo mismo, la relación entre la superficie útil de la vivienda frente a la total del edificio. Por lo que, no se debe dividir por partes iguales ni influye el uso que le vayas a dar o la planta en la que residas.
Sin embargo, si en los estatutos de la finca se establece que los gastos que acarree el edificio corren por igual a cada propietario, estará por encima de la Ley.
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¿Puedo utilizar el ascensor para trasladar escombros si estoy haciendo obras en mi vivienda?
La Ley de Propiedad Horizontal dice que es obligación del propietario informar al presidente de la comunidad de que va a hacer una obra en el interior de su vivienda. Sin embargo, no existe una restricción legal que impida el uso del ascensor para transportar materiales y escombros. En principio se puede usar el ascensor para este fin, a no ser que la junta de propietarios se oponga y lo prohíba.
Pese a que está permitido, hay que tener en cuenta que los materiales de construcción son pesados y hay muchas probabilidades de dañar el ascensor durante la obra. Por ello, si finalmente se usa el ascensor, es recomendable recubrirlo para evitar desperfectos. También es importante el peso de la mercancía que se va a desplazar a través del ascensor ya que cada elevador está diseñado para soportar un peso ideal concreto. Un exceso de carga podría hacer que el ascensor se pare o quede averiado temporalmente.
Será responsabilidad del propietario de las obras los deterioros derivados de las mismas ocasionados en el ascensor y zonas comunes. También correrá por su cuenta la limpieza y dejar el inmueble en el mismo estado en que estaba antes de la obra, incluyendo pasillos y escaleras del edificio
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Si solo quiere la instalación del ascensor en la comunidad de vecinos una única persona, ¿están el resto obligados a pagarlo?
Si lo solicita un vecino con movilidad reducida o mayor de 70 años, será de obligado cumplimiento siempre que el importe total del gasto no supere las doce mensualidades una vez descontadas las ayudas y/o subvenciones al respecto, tal y como indica el artículo 10.1 B de la LPH.
Si no eres mayor de 70 años o no cuentas con una minusvalía superior al 33% pero quieres poner un ascensor en tu comunidad, deberás recibir en la junta el apoyo de la mayoría simple, o sea, la mitad más uno del total de los propietarios que a su vez representen la mayoría de las cuotas de participación. En el caso de que salga adelante, la instalación del ascensor será de obligado cumplimiento por parte de todos los vecinos.
Si tu pregunta no está planteada, siempre puedes contactar con nosotros y, como empresa mantenedora de ascensores en la Comunidad Valenciana, te la resolveremos encantados.



Se puede poner un solo ascensor en un patio de luces comun. Para acceder a dos portales diferentes
Buenos días Emiliano, habría que ver la construcción, si esta lo permite no habría problema. Un saludo
Como puede una comunidad evitar que un vecino moroso use el ascensor?
Buenos días Juan, por desgracia hay pocas opciones para ello. Una de las más usadas es la de poner un llavín en el ascensor, de forma que solo los que disponen de la llave pueden usarlo (acceso restringido). El inconveniente de esta medida es que los que vengan de fuera (visitas) no podrán usarlo tampoco,
espero haberle ayudado,
Un saludo
Existe alguna normativa que indique que las puertas del ascensor deben quedar cerradas después del uso?
Buenos días Julia, te dejo un artículo donde justo profundizamos en este tema, espero te sirva de ayuda:
https://alapont.com/blog/porque-las-puertas-del-ascensor-no-pueden-mantenerse-abiertas-en-planta/
un saludo
Buenos días. Está obligada la empresa del ascensor a dejar una llave de la puerta del ascensor en el cajetín que tienen?
En mi edificio quieren po er un ascensor y lo quieren po er en el patio de luces y. Me tapan la ventana de la cocina mi pregunta es me puedo negar por qué no quiero que me tapen mi ventana de la cocína
Hola Angela, la instalación de un ascensor ha de ir acompañada de un proyecto por parte de un arquitecto. Por lo que sería raro que se plantee ser instalado tapando elementos de aireación propios de edificio tales como su ventana. Aún así habría que ver el caso concreto.
Un saludo
Buenos días Rafa,
no es obligatorio por normativa. Pero sí que alguien del edificio debe de tener una llave aparte de la empresa mantenedora. Esta persona suele ser el presidente de la comunidad o persona responsable. Sería bueno como usted dice dejar la llave en el cajetín, pero por desgracia muchas veces es víctima de actos vandálicos y desaparece, por lo que no se suele dejar ahí,
espero haberle ayudado,
un saludo
Buen día. En mi edificio varias veces solo funciona el ascensor en 2 pisos. El propietario de uno de esos pisos hace intervenciones en la máquina, incluso tiene la llave maestra. El me comentó que hace eso para que las piezas se gasten menos. En el otro piso vive alguien quien es casi su familia. Solo hay 4 pisos y estamos afectados los del 1 y 2. Que debemos hacer? Mucho agradezco su orientación al respecto
Buenos días María, no sabría decirle, ya que veo que no se trata de un edificio en España donde la normativa es muy clara en ese aspecto. En España está terminantemente prohibido que cualquier vecino manipule la máquina. Esto solo lo puede hacer personal cualificado como es el técnico de mantenimiento de ascensores.
Siento no poder ayudarle mas,
un saludo
Buenos días. En mi comunidad quieren colocar un ascensor pero de 80 x 80 cms. es decir no cabe una silla de rueda y por tanto no cumple el reglamento de accesibilidad. ¿Es legal, aunque haya habido mayoría simple en la reunión que hubo para su instalación?.
Buenos días Manuel,
si, es legal. Cuando se instala un ascensor en un edificio existente hay que adaptarse al espacio disponible y muchas veces no hay espacio suficiente para la instalación de un ascensor accesible. En estos casos, prima la instalación de un ascensor (el que quepa) a la opción de no tener ascensor, ya que se obtiene algo más de accesibilidad (aunque esta no sea del 100%).
Espero haberle ayudado,
un saludo
Hola buenas noches, por ley, cuánto tiempo es el máximo que puede estar un ascensor averiado en una comunidad !? Vivo en un quinto.
Muchas gracias
El ascensor de mi finca fue sufragado en su momento por 8 vecinos de los 12 si bien yo ahora quisiera formar parte de la copropiedad del mismo. Que cantidad debería de pagar?,el coste original de hace 17 años. Tiene alguna depreciación? Tiene que ser aprobado en junta extraordinaria teniendo en cuenta que mi madre tiene una minusvalía superior al 33%? Quedaria muy agradecido por la aclaración de mis dudas.
Un saludo. Esteban Martínez
Buenas tardes, tengo una duda, todos los vecinos pagan la instalación de un ascensor en un edificio que no tenía. Uno de los vecinos no se niega a pagar pero acuerda pagar mensualmente una cuota. Pueden los vecinos negar su uso hasta que no haya pagado toda su parte a deber? Gracias
Buenos días Pedro, no es una práctica habitual el prohibir el uso del ascensor a alguien que esté pagando. Le recomiendo que hablen con el administrador de la finca y este podrá asesorarles, ya que se trata de llegar a un acuerdo internamente,
un saludo
Buenos días Esteban,
Dicho pacto debe estar estipulado en el acta del día que se acordó la compra del ascensor y donde consta el hecho de que el que algunos vecinos no iban a participar en la compra. Es un tema jurídico, ya que la parte que entra ahora a pagar como es su caso puede aplicar el criterio de depreciación, pero también la parte que cobra (los vecinos que pagaron en su día la totalidad) pueden aplicar el criterio de capitalización de la parte invertida en su día. Sea como fuere, se ha de tener en cuenta de que todos ganan, en su caso gana el servicio de ascensor, y el resto de vecinos ganan el
importe que se pacte y el hecho de que entra otro copropietario a compartir gastos. En cuanto a las ayudas por movilidad reducida estas se dan cuando se va a instalar el ascensor, en este caso entendemos que no se aplican, ya que el ascensor ya está instalado, y el gasto hecho.
Suerte y que la negociación vaya por buen puerto. Al fin y al cabo os veis todos los días por la escalera.
un saludo
Buenos días Jose Manuel, por desgracia la ley no determina esos plazos. A veces suele ser un tema de falta de piezas de repuesto, le diría que consulte con su ascensorista para ver si estas están pedidas con el presupuesto aceptado y el plazo, ya que muchas veces se multiplican los plazos porque no se ha aceptado un presupuesto, o por falta de comunicación,
Espero lo solucionen pronto,
un saludo
Soy un inquilino de un edificio donde están poniendo un ascensor. Me dicen que durante una semana no puedo salir de la casa de 8 de la mañana a 9 de la noche. Eso es legal.creo que me esta privando de derechos y libertades.
Buenos días Manuel,
es muy raro eso que comenta. Necesitaríamos más detalles, ya que no es nada habitual el prohibir a los vecinos durante una hora diaria el salir de su vivienda.
Si quiere darnos más detalles le invito a que nos escriba por privado a web@ascensoresalapont.net.
Un saludo
Quisiera formular una pregunta, hemos tenido un pequeño incendio , a consecuencia del cual se ha quemado el motor del ascensor.
¿Cuanto tiempo pueden dejarnos sin servicio en un edificio de 7 plantas?.
Dependemos del seguro de la finca, han pasado cinco días aun el seguro no han contestado-
Buenos días Pepe, siento mucho lo ocurrido y el trastorno que ello supone. Me temo que en este caso es el seguro el que marca los tiempos, ya que imagino que estarán determinando las causas del incendio. Lo malo en estos casos es, cómo usted dice, la repercusión en los vecinos por la falta de servicios.
Espero que lo solucionen pronto.
un saludo
Buenas tardes.
Somos una comunidad de vecinos de cinco propietarios y el edificio tiene tres plantas.
Dos propietarios se han puesto de acuerdo entre ellos para la instalación y mantenimiento de un ascensor, sufragando con todos los gastos. Todo ello, sin perjuicio a los otros tres propietarios.
¿ Hay algún impedimento legal para que los dos propietarios sigan adelante con sus iniciativas ? , ¿ es necesario el permiso favorable de la comunidad de propietarios, aún sin perjudicar a los otros tres propietarios ?.
Muchísimas gracias.
Buenas tardes Roberto, lo que se suele hacer en estos casos es aprobarlo en una junta de propietarios, donde se redacta un acta y se firma y de esta manera queda como prueba de lo que se ha pactado. Le recomiendo que lo comenten con su administrador de fincas, ya que tendrán que dejar claro el uso posterior del ascensor y cómo van a proceder con ello.
Espero haberle ayudado,
un saludo
Muchas gracias por su consejo y su recomendación.
Me ha servido de gran ayuda y aclarado muchas dudas.
Muy agradecido, Alapont.
Buenos días.
En el caso de una comunidad con tres portales y escaleras diferentes:
¿Cada portal puede actuar por separado para la instalación de ascensor nuevo?
¿Se mantienen los porcentajes en las votaciones separadas por portal?
Muchas gracias, saludos.
Buenos dias y gracias por su atencion:
Por eficiencia energética, se va a sustituir la maquinaria y cuadro eléctrico del ascensor.
Deben participar en esta inversión los locales comerciales aunque no tengan acceso al portal del edificio ni al ascensor por supuesto ??
Gracias
Hola.
En marzo compré un estudio en un edificio de tres plantas con ascensor pero la comunidad lo tiene inoperativo para ahorrarse gastos de mantenimiento.
¿Es legal que determine la comunidad dejarlo inoperativo independientemente de si viven o no personas con problemas de accesibilidad?
Un saludo.
Buenos días Jose Manuel,
esta información la encontrará en los estatutos de la comunidad. Ahí es donde queda definida esta cuestión, ya que cambia en cada situación. Si no sabe como acceder a los estatutos, puede pedírselos al administrador de la comunidad o al presidente.
espero haberle ayudado,
un saludo
Hola Jesús, la realidad es que si viven personas con diversidad funcional reconocida (+ de 30%) y/ personas mayores de 70 años. ES necesario poner en marcha el ascensor. (Y más si ya está instalado)
Espero haberle ayudado
un saludo
Hola! He comprado un piso recientemente que está en obras. La comunidad de vecinos me reclama desperfectos en el funcionamiento del ascensor causados supuestamente por el uso del mismo para la subida de material. En ningún caso se ha superado el peso máximo permitido ni se han generado daños estéticos. Me reclaman a mi el pago de los desperfectos del mismo alegando que ha sido por mi responsabilidad. Como puedo actuar ya que creo que están pretendiendo que cargue con unos gastos de mantenimiento por unos desperfectos que yo no he causado? Me informan también que el ascensor no puede ser usado para transportar materiales de obra pero si se utilizo en otra obra anterior a la de mi piso. Gracias!
Hola.
Vivo en una comunidad en la que se ha abierto un negocio en un primer piso. Debido a la enorme cantidad de clientes que tiene el citado negocio se hace un uso del ascensor abusivo, aún estando en una primera planta. Esto genera molestias y gastos al resto de vecinos, que cree injusta esta situación. ¿Podría la comunidad restringir el uso del citado ascensor a este negocio, permitiendo que solo sea usado cuando exista una clara imposibilidad de subir andando?
Gracias.
Tuve una incidencia con la persona que limpia las escaleras y portales. Salí de mi casa, piso 10 y al coger el ascensor nos encontramos que estaba lleno de cacharros de la persona que limpia, nosotros queríamos bajar pero el ascensor subió al piso 12 y como la puerta no habría pues yo mire y me encuentro a la persona que limpia hablando por teléfono sin trabajar y con todos sus cacharros llenos de bacterias y el recogedor lleno de basura en el interior del ascensor.
Es eso legal.
Tengo entendido que esta perdona tiene que bajar con sus cosas a medida que esta limpiando, de lo contrario y estando en PANDEMIA tenemos el ascensor toda la mañana el ascensor sube y baje con toda esas cosas llenas de virus.
Mi pregunta : se puede tener toda la mañana el ascensor ocupado con el material de limpieza.
Buenas noches,
Hay alguna obligación en pasar revisiones e un edificio de 2 plantas? Tienes que tener algún mínimo de revisiones al año? Gracias.
Hola José, si hablamos de revisión de mantenimiento del ascensor, efectivamente es obligatorio y se hacen 9 revisiones al año. Es decir una revisión cada 6 semanas aproximadamente. Si hablamos de la revisión periódica (OCA) se hace cada 6 años.
Espero haberle ayudado,
un saludo
Buenas noches,
Mi pregunta es similar a la de Jesús Castro, pero en mi caso no hay personas con discapacidad o mayores de 70 años. Un propietario quiere reestablecer el servicio del ascensor ya instalado e inhabilitado por unanimidad hace unos años. El resto, 7 vecinos no queremos.
Estamos obligados a ponerlo en marcha? Qué opciones habría? Muchas gracias de antemano.
Buenos días Marta, en principio si no hay nadie con diversidad funcional ni mayor de 70 años, si es solo un propietario el que lo pide no es suficiente par restablecer el servicio.
Espero haberle ayudado,
un saludo
Buenos días Carlos, no existe ninguna normativa sobre esto ni nada que indique como proceder al respecto. Realmente se puede usar el ascensor llevando la mascarilla debidamente colocada, evitando así cualquier peligro. Independientemente de si este tiene los utensilios de limpieza dentro, con la mascarilla no hay problema.
Espero haberle ayudado,
un saludo
Buenos días Erica,
Si tus proveedores han cuidado la cabina y esta no ha sufrido daños por golpes o rozaduras no tienes por qué preocuparte. En cuanto al uso en caso de reformas, no existe normativa a respecto, pero sí que puede haber una cláusula en los estatutos de vuestra comunidad donde quede reflejado, por lo que debes informarte antes. En cualquier caso es mejor pedir permiso y obtener un documento firmado como resguardo,
Espero haberte ayudado,
un saludo
Hola Enrique, todo dependerá de lo que se indique en los estatutos de su comunidad. Al tratarse de un gasto extraordinario, si no se especifica lo contrario en estatutos, si que deben de participar.
Le dejo un artículo relacionado: https://alapont.com/blog/contribucion-de-los-locales-comerciales-gastos-del-ascensor/
un saludo
Buenas tardes,
Por accidente, cayo la correa de mi perro por el hueco del ascensor hace un par de meses,
En estas fechas, dos meses después, me indican que esa correa genero una avería al golpear un par de sensores por lo cual el ascensor se encuentra actualmente sin servicio.
Es normal que el ascensor funcionase correctamente durante estos meses transcurridos desde el accidente y es mi responsabilidad cubrir la reparación de la avería?
muchas gracias!
Hola soy maria. En mi comunidad el ascensor sube hasta el cuarto pero hay cinco pisos a hora quieren hasta el quinto. Quien paga la nueva instalacion pago. De obra ya era pasi por eso fueron mas baratos. Tienen 60 años. Muchas gracias
Buenas tardes!
Situación: En mi comunidad, un vecino, por su cuenta y riesgo, hizo cortar la puerta del ascensor para poder poner una moqueta de coco en parte del rellano comunitario.
Mi pregunta: ¿ Como puede afectar este hecho en el riesgo de un incendio ?
¿Como podemos saber si contradice las normas de seguridad de Industria?
Muchas gracias!
Hola, mi pregunta es la siguiente, tengo una lonja en una comunidad de vecinos donde quieren poner ascensor. Yo no vivo ahí, no utilizo zonas comunes porque mi entrada a la lonja es por el exterior. Tendría la obligación de pagar por la instalación del ascensor o por su mantenimiento? Muchas gracias
Si hace unos 20 años unos vecinos instalaron ascensor pero otros no estaban de acuerdo y se quedaron fuera del uso del ascensor poniendo una cerradura para que solo pueda ser usado por los que lo pagaron y pagan, pueden ahora obligarte a pagar el ascensor o los gastos de mantenimiento etc si asi quiere la mayoría de vecinos y quitar las cerradura para que lo puedan usar todos?
Buenos días David,
si hay una necesidad de accesibilidad y el resto de vecinos da su consentimiento, efectivamente se ha de quitar la cerradura y todos han de contribuir con los gastos. Aun así le recomiendo que consulte con su administrador de fincas para ver el caso en concreto,
Espero haberle ayudado,
un saludo
Hola Rosa buenos días,
No se cómo está la legislación en su comunidad autónoma, ya que nosotros únicamente nos encontramos en la Comunidad Valenciana. Pero, salvo excepciones incluidas en los estatutos de la comunidad, los locales comerciales han de participar de los gastos extraordinarios del edificio, ya que se considera una revalorización del mismo.
Por ello la instalación de un ascensor si que sería gasto extraordinario, mientras que el mantenimiento no.
Espero haberle ayudado, un saludo
Hola Maria, esta actuación se entiende como una obra de accesibilidad, de eliminación de barreras arquitectónicas, por lo que por lo general, lo ha de asumir toda la comunidad de vecinos. También es verdad que pueden acogerse a las ayudas y subvenciones que hay para ello,
espero haberle ayudado,
un saludo
Hola Ángeles, necesitaríamos algunos datos antes: ¿se trata de un ascensor antiguo? ¿Cuántos años?, ¿son semiautomáticas? Entiendo que la modificación de la puerta la hizo una empresa ascensorista profesional, ya que habría que tener en cuenta de que siga encajando bien la puerta. Lo que bajo ningún concepto se puede hacer es intervenir en partes del ascensor otra persona que no sea personal ascensorista cualificado,
espero haberle ayudado,
un saludo
Buenas tardes José,
Podría ser si la correa al caer se ha enganchado con la polea del limitador o alguna polea de reenvío en el foso si es que existiera. Pero desde luego es extraño lo de los sensores, igual que el hecho de que la correa esté en el hueco del ascensor durante 2 meses, ya que las revisiones son mensuales y en ella se ha de verificar el estado del foso y del ascensor, tendrían que haberlo detectado antes durante el mantenimiento.
Le recomiendo que contacte con la empresa de ascensores que os lleva el mantenimiento y le pida detalles concretos de la avería, de que tipo de sensores etc ….porque no tiene mucho sentido,
espero haberle ayudado,
un saludo
Hola. Mi consulta es la siguiente. Vivo en una comunidad de 6 viviendas y 4 de ellas pertenecen a un mismo propietario que no paga la comunidad. Podemos los dos propietarios que pagamos la comunidad parar el funcionamiento del ascensor o restringir lo solomente a nuestro uso? Las 4 viviendas del moroso están alquiladas. Una vivienda a una familia y las otras tres a una notaría. Gracias.
Buenas, el ascensor que tenemos en el bloque no funciona desde ayer, se oye como el motor de las puertas interiores pero las puertas no se mueven, por lo tanto estamos sin ascensor. Hoy llamaron a la empresa que lleva el mantenimiento y dicen que hasta el jueves no vendrían a arreglarlo, y en esta comunidad hay tanto personas mayores de 70 años como discapacitados, por ejemplo mi hermana con un 88% de discapacidad. Me pregunto, esto es legal? Podría suponer que si la ley obliga a instalar ascensor en esos casos, también debería ser obligatorio que esté en funcionamiento… Porque claro, mientras tanto en estos días esas personas difícilmente podrán salir de casa, y ya no digo como tenga que salir urgente a un médico.
Buenas tardes, recibo este mensaje de la administración del conjunto:
«Buenas tardes! señores propietarios y /o residentes TORRE A con la presente anexo cronograma de pinturas puertas ascensores, a partir del 9 de diciembre del presente. Motivo por el cual queda fuera de servicio hasta el 29 de diciembre del 2021. Disculpen de antemano las molestias ocasionadas»
Es posible que puedan tener una edificio de 12 pisos sin ascensor durante 20 días?
Agradezco su amable concepto.
Esto es lo que van a hacer.
• Desmontes de puertas
• Lijado, pulido y aplicación de base protectora puertas y marcos
• Montaje de puertas
• Acabado de pintura en poliuretano y acabado brillante.
Hola Ricardo,
efectivamente, es mucho tiempo y una incomodidad, pero es verdad que se trata de una obra de mejora del ascensor,y entirndo que esta debe de haber sido aprobada en junta. Le recomiendo avisar al administrador para ver junto con la empresa ascensorista qué soluciones pueden plantear para evitar mantener el ascensor parado durante tantos días seguidos y habiendo una necesidad real de accesibilidad como es el caso de su comunidad, ya que a veces es posible plantear unos horarios de uso u otras vías de acceso alternativas y temporales para poder acceder a la vivienda o salir en caso de emergencia.
Espero que puedan solucionarlo,
un saludo
Buenos días Aaron, por desgracia es más habitual de lo que nos imaginamos. A veces por intentar ahorrar en los gastos de mantenimiento tienen en cuenta todas las situaciones posibles y en el caso de su comunidad parece ser que quizás no está contemplado el servicio de reparación del ascensor en días festivos. Es obligatorio por ley el rescate 24h los 365 días del año, es decir si alguien se queda atrapado dentro del ascensor obligatoriamente un técnico ha de ir a rescatarlos. Pero no es obligatoria la reparación del mismo en caso de avería. Normalmente, dentro de los distintos servicios que ofrece una empresa de mantenimiento hay varias tarifas, una de las cuales incluye este servicio extra de reparación incluso en festivos. Si no es el caso, lo que se suele hacer es dejar el ascensor inactivo, por seguridad, y realizar la reparación en horario laboral.
Espero haberle ayudado, un saludo
Hola, tenemos el ascensor de nuestra comunidad, averiado desde hace 2 meses.
Y nos queda uno más, mínimo, para tenerlo bde nuevo en funcionamiento.
Puede la empresa encargada del mantenimiento tener a los vecinos 3 meses sin ascensor???
El mismo caso de Aaron, pero una inquilina de un piso llamo de urgencia el domingo para que repararan y Pecres accedio a ir segun indica asumiendo el que a llamado los gastos. Ahora el inquilino que ha llamado dice que no los paga por que es obligacion de la comunidad pero si todos los vecinos estan de acuerdo en que sea asi y todos prefirieron esperan al lunes para el arreglo y la inquilina da la orden. Debe pagar este gasto urgente la comunidad? o el propietario del piso alquilado?? o el inquilino que llamo?? o la propia pecres por dar el servicio sin autorizacion del presidente o administrador??? La inquilina tiene minusvalia de 83% y necesitaba subir a su vivienda a las 20h y no tenia otro medio. A quien le corresponde la obligación de asumir este gasto.
Buenos días Juan, no es habitual y debe de haber un motivo. Le recomiendo que consulte con la empresa de mantenimiento del ascensor el motivo: puede ser por falta un repuesto, etc. pero desde luego ha de haber una razón. Y con su respuesta podrán tomar una decisión para cambiar de empresa.
Espero haberle ayudado,
un saludo
Tengo una discapacidad del 82% actualmente hay una silla salvaescaleras pero se ha pedido instalar un ascensor y mientras se esté realizando la obra no podré acceder a mi vivienda,qué puedo hacer?está la comunidad obligada a pagarme un alquiler o un hotel mientras suren las obras?
Buenas tardes alapont, mi finca tiene ascensor, pero no podemos usarlos por que según los propietarios de la finca, robaron una placa base que vale 6000 euros, al tener ascensor y ponerlo en el contrato, están obligados a ponerlo en funcionamiento? Gracias
Buenos días Marcos,
sería obligatorio en el caso de que se requiera accesibilidad por una de estas dos condiciones: que algún residente (aunque sea de alquiler) en la finca sea mayor de 70 años o que haya alguna persona con diversidad funcional. En este caso es obligatorio tener el ascensor.
Espero lleguen a un acuerdo,
un saludo
Buenos días Toñi,
La Ley establece como principio general que tendrá carácter obligatorio para la comunidad, la instalación de un ascensor a petición de un solo propietario, siempre que se cumplan los siguientes requisitos:
· Que el solicitante sea un propietario con discapacidad o mayor de 70 años.
· Que en la vivienda del propietario, vivan, trabajen o presten servicios voluntarios personas con discapacidad o mayores de 70 años.
Con la normativa vigente, todos los vecinos están obligados a pagar su parte.
«Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 10.1 b), la realización de obras o el establecimiento de nuevos servicios comunes que tengan por finalidad la supresión de barreras arquitectónicas que dificulten el acceso o movilidad de personas con discapacidad y, en todo caso, el establecimiento de los servicios de ascensor, incluso cuando impliquen la modificación del título constitutivo, o de los estatutos, requerirá el voto favorable de la mayoría de los propietarios, que a su vez, representen la mayoría de las cuotas de participación. Cuando se adopten válidamente acuerdos para la realización de obras de accesibilidad, la comunidad quedará obligada al pago de los gastos, aun cuando su importe repercutido anualmente exceda de doce mensualidades ordinarias de gastos comunes.»
En relación a los gastos extras que puedan tener cada uno de los propietarios durante la ejecución de las obras es un tema que deberán acordarlo en junta.
Si durante la ejecución deben de abandonar las viviendas etc… siendo ello un trastorno para todos los vecinos o para algunos, se deberá asumir por el afectado y saber previamente a la votación para la instalación de ascensor en su comunidad, todas las condiciones.
Espero haberle ayudado,
un saludo
Buenos días Juan Fran
Por norma general, la comunidad está obligada indistintamente el contrato que tenga con la empresa ascensorista, si hay una persona con minusvalía y necesita salir y entrar a su domicilio, a proceder a solicitar la reparación urgente. La comunidad está obligada a pagar dichos gastos, Habría una discriminación si no por ello.
La comunidad tendrá que valorar para otra vez, el contratar la cobertura de asistencia a reparaciones en fin de semana. Este caso es diferente cuando se trata de un rescate, ya que por ley, las empresas ascensoristas ya cubren este servicio de rescate 24h 365 días al año.
Espero haberle ayudado,
un saludo
Hola Juan, no existe ninguna ley al respecto. Normalmente, se deben solucionar estos temas en junta de vecinos llegando a acuerdos y consensos,
espero haberle ayudado,
un saludo
Buenos días Aran, entendemos que si, ya que un propietario moroso no tiene derecho a voto en una junta. Le dejo un artículo que le podrá ser de utilidad:
https://alapont.com/blog/que-hacer-con-los-vecinos-morosos/
espero haberle ayudado,
un saludo
Buenas somos una urbanización de 13’portales tiene 26 años solicito por favor si va a salir en Industria dentro de 2 años una normativa en la que tengamos que cambiar nuestros ascensores nos lo ha dicho nuestro mantenedor. Muchas gracias
En un edificio comunitario, puede un vecino instalarse un ascensor privado desde su garage a su piso ??
Buenos días Susa, no se puede, ya que para ello debería de ocupar una zona común que pertenece al conjunto de la comunidad.
Espero haberle ayudado,
un saludo
Buenos días Raquel,
Necesitaría más detalles para poder indicarle, ya que no sé el estado en el que se encuentra su aparato ni la localidad. Pero si que le puedo adelantar que se prevé un cambio en la normativa que regula el mantenimiento de los ascensores por o que es verdad que se verán afectados en algún punto. Tanto como para cambiar el ascensor, no lo sé. Le aconsejo que llegado el momento comparen con varias empresas ascensoristas para ver la propuesta de cada una.
Espero haberle ayudado,
un saludo
Buenos días
En un edificio el ascensor se quedaba en la planta donde llegaba y ahora un vecino por cuenta propia, no se como, lo hace que no se quede en la planta, sinó que siempre se vaya a la planta del pàrquing, eso es lo puede hacer, porque siempre, el ascensor, es un no parar de moverse sin necesidad
MUCHAS GRACIAS
Buenos días Marcelo, está totalmente prohibido que un vecino manipule el ascensor. Supone un peligro para la comunidad, ya que esto únicamente lo puede hacer personal cualificado y en concreto la empresa que lleva el mantenimiento del mismo.
Para cualquier cambio en la maniobra del elevador, se ha de tener el visto bueno por lo menos del presidente de la comunidad o de un acuerdo en reunión de vecinos,
espero haberle ayudado,
un saludo
Buenas noches
Se puede anular (sin impugnar en un juzgado) un “acuerdo” que ha sido tomado en “Ruegos y preguntas”? Cuál es el procedimiento?
Se puede pedir que vuelva a tratarse ese punto en otra Junta pero en un punto específico del orden del día?
Gracias!
Buenos días,
El ascensor de mi comunidad no va por orden de llamada(maniobra universal),acude al piso mas alto aunque lo pulsen mas tarde, debido a esto los propietarios de los pisos bajos tienen mas difícil coger el ascensor o tienen mas tiempo de espera. Es legal?, si algún vecino esta en contra se debería modificar?
Un saludo y muchas gracias.
Buenos días Asier. La maniobra aplicada en el ascensor comunitario viene establecida según los requisitos que indique el cliente, que en este caso es la comunidad de propietarios. No lo puede solicitar un único vecino, sino que se llega a un acuerdo con la comunidad para indicar al ascensorista qué maniobra queremos que aplique el ascensor.
Espero haberle ayudado,
un saludo
Buenas tardes Maria, efectivamente, se debe de solicitar otra junta e incluir este punto en el orden del día.
Un saludo
Puede entrar un vecino de la comunidad en el cuarto de máquinas del ascensor? O debe pedir permiso al presidente o vicepresidente de turno? Gracias.
Buenos días Jesús,
en el cuarto de máquinas no puede entrar ningún vecino, ni siquiera el presidente. Ya que forma parte de la maquinaria del ascensor. La responsabilidad del mismo recae sobre la empresa de mantenimiento. Por lo que si se detecta cualquier actuación o manipulación por alguien ajeno a la empresa de mantenimiento vigente, esta podría quedar exenta de responsabilidad en caso de ocurrir algún accidente, siendo la responsabilidad total de la comunidad.
Espero haberle ayudado,
un saludo
Se puede prohibir el uso del ascenso y escalera del bloque para hacer mudanza, la comunidad cuelga un cartel diciendo lo siguiente;
Se recuerda a los señores propietarios la prohibición de hacer mudanzas por las escaleras y el ascensor, debiendo poner una plataforma elevadora para tal fin.
Eso el legal? Que te obliguen a contratar ese servicio para llevas las pertenencias a mi nuevo domicilio?
Un saludo y gracias
Hola.
En la comunidad de mis padres, hace 20 años aproximadamente,la mayoría de los vecinos decidieron poner un ascensor, solo estos vecinos pagaron los costes de su instalación y una cuota mensual para su mantenimiento, además el ascensor se utiliza con llave.
Ahora, dos de los vecinos, uno es el presidente de la comunidad, han decidido quitar la llave porque dicen que han cambiado las normas.
¿Es esto cierto?
Si es así, ¿ que normativa es?
Tienen derecho a utilizar el ascensor las personas que no pagaron por su instalación?
Un saludo. Gracias
Hola Nuria buenos días,
No sé si a nivel autonómico habría alguna restricción al respecto, pero desde luego a nivel nacional no hay una norma que indique exactamente eso.
Existe una normativa de accesibilidad, en la cual se indica que los edificios han de ser accesibles, por lo que el ascensor debe de existir y todos han de poder usarlo. Pero a la vez, todos han de contribuir en sus gastos.
Lo que se suele hacer en estos casos es recalcular el gasto que supuso la instalación del mismo y rehacer la repartición, debiendo abonar los nuevos interesados la cantidad correspondiente al resto de vecinos, quedando igualado el reparto.
Espero haberle ayudado,
un saludo
Buenos días Carlos, a nivel legal no existe una ley que indique eso. Lo que sí que existe es el derecho de la Comunidad a tener un reglamento interno, el cual ha de venir reflejado en unos estatutos al alcance de cualquier propietario. Le recomiendo que solicite el acceso a los mismos y compruebe si esta restricción está reflejada en ellos, si se trata de una restricción acordada en junta o si es solo una recomendación sin más.
Espero haberle ayudado,
un saludo
Buenos días Carlos, a nivel legal no existe una ley que indique eso. Lo que sí que existe es el derecho de la Comunidad a tener un reglamento interno, el cual ha de venir reflejado en unos estatutos al alcance de cualquier propietario. Le recomiendo que solicite el acceso a los mismos y compruebe si esta restricción está reflejada en ellos, si se trata de una restricción acordada en junta o si es solo una recomendación sin más.
Espero haberle ayudado,
un saludo
Buenas tardes:
Me gustaría saber si existe algún sistema de ascensor inteligente que genere una estadística de utilización del mismo por parte de los vecinos. Lo pregunto porque no entiendo por qué el gobierno ha puesto tanto énfasis hasta conseguir que en las comunidades de vecinos cada uno pague lo que consume de calefacción y no haga lo mismo con la utilización de los ascensores, pues a nadie se le oculta que no cuesta lo mismo subir a un entresuelo que subir a un séptimo.
Buenas.
Vivo en una comunidad de varios portales que se comunican entre sí, cada uno paga el mantenimiento de su ascensor, pero todos pertenecemos a la misma comunidad. El ascensor de nuestro portal no llega a la cota 0, pero sin embargo el portal contiguo si. Me dicen que no puedo hacer uso del mismo, ya que yo no pago el mantenimiento, pero estoy a corriente de pago tanto del ascensor de mi portal como de la comunidad. Realmente pueden negarme el uso?
Buenas tardes Nerea,
Mi recomendación es que consulte en los estatutos de su comunidad. En ese documento es donde quedan reflejados todos los permisos y restricciones de vuestra comunidad, en general, la normativa interna. Espero haberle ayudado,
un saludo
Buenas!
Quería que me pudieran indicar dónde visualizar la normativa autonómica o municipal , donde se especifique la programación que debe tener un ascensor de una Comunidad de Vecinos a la hora de llamar al ascensor y que este se encuentre localizado en una planta equidistante a lo largo el edificio o la normativa que haya vigente.
Muchas gracias!
Buenas tardes AJ, esta información no se encuentra en ninguna normativa, sino que se trata de un acuerdo de la comunidad con la empresa ascensorista. Hay varias opciones: programar la maniobra para que los ascensores siempre bajen a la planta baja una vez hecho el viaje, otra opción es que se queden donde han parado, etc …hay varias opciones y según lo que se decida entre los vecinos lo pueden notificar a su empresa mantenedora para que haga el cambio.
Espero haberle ayudado,
un saludo
Buenas tardes Juan José, entiendo perfectamente su frustración. Este tema tecnológicamente es factible, pero por desgracia no está resuelto aún legalmente, por lo que no es posible hacerlo aún. Seguro que llegará …. estaremos atentos para informarles.
Un saludo
Hola buenos días
Mi pregunta es vivo en un edificio de 7 plantas y hemos tenido dos averías por exceso de peso y dos vecinos quieren cambiar la placa donde pone el peso máximo y las personas que es 320 kilos y 4 personas, quieren poner 280 kilos y tres personas
Pueden hacerlo sin consultar con la empresa de mantenimiento o con Industria
muchas gracias
Buenos días, vivo en una finca de obra nueva donde empezamos a vivir los vecinos hace 6 meses. Durante este tiempo se ha averiado el ascensor 3 veces. Mi pregunta es, quién tiene que pagar las reparaciones? No tendría que tener garantía? No me parece normal que un ascensor nuevo se averíe 3 veces en medio año. Gracias por la ayuda.
Buenos días Laura, su caso es más frecuente de lo que parece. Un ascensor nuevo recién instalado necesita un periodo de adaptación y rodaje. Es frecuente que al principio pueda fallar. Aun así suele ser la empresa instaladora del mismo la que lleva el mantenimiento, por lo que es esta la que se suele hacer cargo,
espero haberle ayudado,
un saludo
Buenos días Antonio, esa placa no se puede cambiar ni modificar, ya que el ascensor está fabricado e inscrito en industria con unas características determinadas que por seguridad no se pueden modificar. Lo que si que pueden hacer es poner un papel indicando la recomendación de no sobrepasar X peso. Pero no modificar elementos del ascensor.
Espero haberle ayudado,
un saludo
la primera pregunta seria : se puede en una comunidad de vecinos poner una llave de acceso en el ascensor para la zona de trasteros, sin haber consultado a los propietarios de los trasteros y no darles la llave. Ni siquiera se ha consultado/informado al vicepresidente. Actualmente solo se tiene acceso si te abre el presidente. No se ha votado en la junta de vecinos lo ha hecho el presidente y el administrador por su cuenta
la segunda pregunta seria: en este caso el seguro del ascensor cambiaria su importe
Buenos días Maria, según la Ley de Propiedad Horizontal, el acceso a las zonas comunes y privativas de un edificio debe garantizarse a todos los propietarios en igualdad de condiciones, siempre y cuando no exista ninguna restricción justificada. Por lo tanto, si se quiere establecer una llave de acceso en el ascensor para la zona de trasteros, se debería notificar a todos los propietarios de los trasteros y proporcionarles una copia de la llave correspondiente, para que puedan acceder a su propiedad sin problemas. En relación a la segunda pregunta, es difícil determinar si el importe del seguro del ascensor cambiaría o no sin conocer los detalles específicos del seguro y de la situación en cuestión. En general, los seguros de ascensores suelen cubrir tanto la responsabilidad civil como los daños a terceros y a la propia instalación, pero las condiciones y exclusiones varían según cada póliza. Espero haberle ayudado. Un saludo.
Buenas tardes.
En la vivienda de mis padres (ambos dependientes y uno en silla de ruedas), se están realizando obras para instalar un ascensor. Para realizar dichas obras van a demoler la escalera vieja mientras van haciendo otra escalera metálica por tramos.
La empresa constructora ha comunicado a los vecinos un escrito diciendo que en varios días nadie podrá usar la escalera durante el horario de los trabajos de demolición (de 8-18h).
Mis padres tienen una asistente social que va mañana y tarde, con lo cual, van a verse impedidos de su asistencia.
¿Es esto legal?. ¿Qué se puede hacer para garantizar que mis padres sigan teniendo la asistencia necesaria?. ¿A quien puedo recurrir?.
Muchas gracias anticipadas por su respuesta
Buenas tardes ,donde vivo el ascensor cada x viajes se bloquea y se queda parado (suele suceder cada tres meses más o menos) ,hay que llamar al tecnico viene con una consola y lo reprograma y vuelve a funcionar .Según el técnico el ascensor tiene una tarjeta de memoria que admite u tiempo de viajes cuando ha llegado a ese tiempo se bloquea y queda parado tiene que venir el técnico y vuelta ha reprogramarlo y así continuamente , es normal tal situación ? se puede cambiar el sistema ? Gracias
Buenos días
En la comunidad hay un ascensor viejo y delicado pero que cumple normativa y mantenimientos.
El otro día un niño subió solo con la bici y el ascensor se paró a medio camino. Los padres en vez de llamar a la empresa de mantenimiento llamaron al 112 y estos a los bomberos.
Han destrozado una puerta y alguna pieza más.
Los padres quieren demandar a la comunidad.
En este caso dado el uso indebido del ascensor y que los bomberos actuaron por orden de ellos, la comunidad puede exigirles el pago de los desperfectos? Además hay gente mayor e invalida que no va a poder salir hasta que lo arreglen y la pieza va a tardar más de 1 semana, estás personas perjudicadas por el mal uso que le han dado la ascensor no tienen derechos?
Muchas gracias
María
Buenos días Paqui,
Efectivamente esa situación no es normal, e indica un el mal estado de la placa o algún componente. Seguramente se pueda sustituir por algun sistema actualizado. Le aconsejo que lo comente con su empresa de mantenimiento o en su defecto que consulte una segunda opinión con alguna empresa de ascensores de su zona que se acerque a ver la instalación que tienen. Por desgracia nosotros únicamente estamos en la Comunidad Valenciana. Espero haberle ayudado. Un saludo
Buenos días,
es verdad que se trata de una situación incómoda, pero es por un bien mayor. La realidad es que gracias a esta actuación podrá garantizar la accesibilidad para sus padres. El proceso es incómodo, pero siempre se intenta que dure pocos días y dando un margen horario. Quizás pueda acoplarse a los horarios indicados para que pueda ir la asistente o de forma excepcional, trasladar a sus padres a otro domicilio, mientras duran las obras. Es la soluciona que acaban aplicando la mayoría de casos que nos han llegado,
espero haberle ayudado,
un saludo
Buenos días María,
Esta situación es mas común de lo que parece. Por un lado, es necesario comunicar o fomentar el buen uso del ascensor entre los vecinos. Subir una bici en el ascensor, si se hace con cuidado no tiene por qué afectar al ascensor, pero es verdad que dependiendo de los movimientos que se hagan y se fuerce puede llegar a afectar. La cuestión aquí es si los vecinos están informados de ello. Por otro lado, siempre se recomienda, en caso de atrapamiento o parada del ascensor, llamar a la empresa mantenedora, ya que ellos, por ley, han de acudir a asistir en menos de 1 hora. Lo que garantiza el buen funcionamiento y evita daños costosos en el ascensor. No creo que se le pueda reclamar nada a la comunidad cuando el buen uso del ascensor se puede poner en duda al subir la bici. Lo malo es que efectivamente los gastos de reparación se abonaran entre todos los vecinos, como cualquier gasto en los elementos y servicios comunes,
Espero haberle ayudado,
un saludo
¡Buenas noches! Me quedé encerrada en el ascensor hace unos días cuando iba al trabajo por la mañana temprano. Primero llamé al timbre muchas veces por si me escuchaba algún vecino. Nadie acudió. Posteriormente llamé al botón de socorro (no sé exactamente cómo se llama) y tampoco obtuve respuesta. Así que desesperada llamé al 112, para que me aconsejaran qué hacer y ellos me enviaron a los bomberos. Me gustaría saber quién va a pagar el servicio de los bomberos. Yo pensaba que lo haría la empresa del ascensor ya que entiendo que es su responsabilidad que el ascensor no se quede parado (no hubo ningún corte de electricidad ni nada parecido) y además no atendieron a mi llamada de socorro. Pero me ha comentado un vecino que la persona que acudió a reparar el ascensor estaba muy enfadada (me pregunto cómo debería estar yo, que además del mal rato llegué tarde al trabajo, ya que estuve media hora encerrada) y dijo que “nosotros” (creo que se refería a la Administración del edificio) teníamos que pagar a los bomberos. ¿Podría decirme si lleva razón? ¿Quién ha de pagar a los bomberos en este caso? Gracias
Buenos días Isabel,
antes de nada, entendemos perfectamente su situación y el estado de nervios en el que alguien que ha quedado atrapado en un ascensor puede sentir. Desde luego, por lo que comenta, nada salió como debería de haber salido. Le comento aquí los pasos habituales a realizar cuando ocurre un atrapamiento:
1º llamar a la empresa de mantenimiento (el número de teléfono suele estar indicado dentro de la cabina) o en su caso Mantener pulsado el botón de la campanita o amarillo. Hay que mantenerlo pulsado un ratito para que se establezca la conexión. Siempre es mejor llamar a la empresa ya que esta, conoce el ascensor en cuestión, sabe sus particularidades y como usar y abrir el ascensor sin dañarlo.
2º si fallara esta opción (no suele pasar, pero, nada es infalible). Llamar a los bomberos.
Los bomberos no siempre emiten una factura, no hay nada establecido para ello. Se suele emitir una factura cuando hay una evidencia de un mal uso del ascensor (se ha superado la carga permitida, vandalismo, etc) si es un simple accidente no suele emitir factura por sus servicios.
Lo que sí que suele pasar es que el ascensor quede dañado por esta actuación de urgencia por parte de los bomberos, en este caso la reparación del mismo corre a cargo de la comunidad de vecinos. Normalmente, este gasto lo asume la comunidad, al ser un accidente, el propio seguro de la comunidad.
espero haberle ayudado,
un saludo
Buenos dias,
Vivo en una finca con 8 vecinos, donde hay varios de ellos que no pagan las cuotas del ascensor, como no hay dinero el presidente ha decidido unilateralmente cortar el servicio del ascensor, (casualmente el tiene su piso cerrado y no vive ahí por lo que no le importuna) ¿Es legal hacer esto? si hay una urgencia medica con gente mayor en el edificio y niños pequeños y sucediera algo que pasaría?
Gracias y un saludo.
4 de diciembre 2023. Buenas tardes.
Mi nombre es Juan, y vivo en un bloque de 10 pisos + entresuelo. La consulta que quiero hacer, se aparta un poco de lo habitual. Yo quisiera saber si la empresa que tenemos contratada para el mantenimiento del ascensor, tiene que hacerse cargo de la limpieza de los perfiles de hierro verticales y horizontales que en mi bloque llevan años llenos de polvo, lo mismo que el techo de la cabina del ascensor. Por otra parte, en los rellanos de los pisos, a cada lado de la puerta hay unos ladrillos de cristal, pensados para dar mayor luminosidad al rellano, pero como es normal con el tiempo se han ido llenando de polvo y su funcion ha dejado de ser la que se pretendia.
Veo que en internet se habla del mantenimiento de todo aquello que concierne al ascensor, pero no se habla de la limpieza de todo lo que he comentado.
Espero que me puedan aclarar este asunto.
Saludos y gracias. Juan
Buenos días Juan,
las responsabilidades de la empresa de mantenimiento del ascensor es mantener limpias las zonas del ascensor donde no puede acceder otras personas por seguridad. El foso, el cuarto de máquinas si lo hubiera y aquellos elementos que requieran una limpieza para su buen funcionamiento. No sería responsabilidad de la empresa la limpieza del interior de la cabina, si partes del rellano del edificio. Eso correspondería a la empresa o persona que realiza la limpieza de las zonas comunes del edificio. Espero haberle ayudado, Un saludo
Buenos días, efectivamente, no es una buena solución. Lo que se suele hacer es que el resto de los vecinos corren con los gastos necesarios para garantizar el servicio del ascensor. Y mientras se genera una deuda con los que no han pagado su parte, recurriendo después a la vía legal con una demanda. También existe la posibilidad de poner un llavín en el ascensor, restringiendo el uso del mismo solo a los que participan de los gastos. Cualquiera de estas medidas hay que pactarlas en junta. Teniendo en cuenta de que los morosos pierden su derecho a voto. Espero haberle ayudado,
un saludo
b . tardes
Somos una comunidad de tres vecinos , uno por planta , el ascensor es bastante antiguo (año 80 )….Pasa satisfactoriamente las revisiones , pero hay ciertas piezas que no tiene (foto celular que hace que las puertas no te atrapen al pasar, lo tuvo en su momento pero ahora no,).
Ahora bien , el motivo que me preocupa es que el botón de llamada del ascensor de mi planta , a veces no funciona y no viene, por lo tanto tengo que bajar para salir del edificio.
además los días de mucha humedad o de lluvia , se queda parado en mi planta abriendo y cerrando la puerta del ascensor, durante 24 horas aprox. y si se hace uso de el en ese tiempo, luego vuelve a mi planta abriendo y cerrando puertas hasta que deja de hacerlo.En la reunión de comunidad propuse la reparación del mismo , cambiando la botonera interior y los botones de llamada de cada planta y planta principal. como somos tres vecinos , los otros dos votaron en contra y por lo tanto no se ha sustituido nada.y todo sigue igual
Así que yo que pago mi cuota todo los meses religiosamente para mantenimiento pero no disfruto como los demás vecinos , hay muchas veces que tengo que bajar andando porque mi botonera no funciona y por lo tanto el ascensor no va a mi planta .el técnico propuso que cambiando botonera se solucionaría todo.
Esto que se ha hecho de negarse ellos es legal? , cuando el ascensor es un bien de conservación del edificio?
Buenos días Alberto, por una cuestión de seguridad, se han de realizar las adecuaciones necesarias para que el ascensor funcione correctamente, y este pago corresponde a la totalidad de vecinos de la comunidad que disfruten del uso del mismo.
Espero haberle ayudado,
un saludo
Buenas amigos de alapont.
tenemos un ascensor en mi comunidad, en la provincia de Castellón.
se está haciendo un mal uso por parte de algún habitante de la comunidad y se ha detectado que alguien se orina en el interior del ascensor.
sería legal desconectar el ascensor temporalmente???
la finca es de solo 2 pisos de altura.
muchas gracias.
Buenos días Jose Luis,
antes de poner fuera de servicio el ascensor, algunas comunidades optan por instalar una cámara de videovigilancia, o un símil de cámara con carteles de aviso. Esto suele frenar a estas personas.
Si finalmente deciden desconectar el ascensor, únicamente han de enviar a la empresa mantenedora, una baja temporal del contrato acordado en junta.
Espero haberle ayudado,
un saludo